Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 24 de Noviembre de 2006

PonenteWinston Spadafora Franco
Fecha de Resolución24 de Noviembre de 2006
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

La firma forense Mendoza, Valle & Castillo, en representación de la UNIVERSIDAD SANTA MARÍA LA ANTIGUA, interpuso ante la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, recurso de casación laboral contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Trabajo del Segundo Distrito Judicial el 15 de septiembre de 2006, dentro del proceso laboral de impugnación de reintegro por violación del fuero maternal que instaurara contra M.E.O..

Mediante la Resolución impugnada, el Tribunal Superior de Trabajo del Segundo Distrito Judicial, confirmó la sentencia del Juez de Trabajo de la Sexta Sección, reiterando que el despido de la señora O. no se sujetó a lo dispuesto en el artículo 213, acápite C, numeral 3 del Código de Trabajo (fs. 340-346).

ANTECEDENTES DEL RECURSO.

La Sentencia de 15 de septiembre de 2006 tiene como origen la solicitud que la señora M.O., presentara al Juez Seccional de Trabajo, del Cuarto Distrito Judicial, a fin de que esta autoridad ordenara su reintegro a la Universidad Santa María La Antigua debido a la supuesta violación del fuero de maternidad. Su petición la fundamentó en el hecho de haber sido despedida después de haber regresado de una licencia de maternidad y vacaciones concedidas, sin causa justificada y sin la autorización del Juzgado de Trabajo respectivo (fs. 1-3).

Consecuentemente, mediante Auto Nº 70 de 20 de mayo de 2005, el Juzgado de Trabajo de la Sexta Sección de H. y Los Santos ordenó el reintegro de la peticionaria a su puesto de trabajo en la Universidad Santa María La Antigua, Sede de Los Santos y el pago de salarios caídos desde el día 25 de abril de 2005 (fs. 13-15).

La empresa afectada mediante escrito legible de fojas 34 a 38 del proceso laboral impugnó el reintegro de la señora O., arguyendo que el 1 de noviembre de 2004 el Ministerio de Trabajo a través de la Resolución Nº DM-364-2004 la autorizó a despedir diecisiete (17) trabajadores ante un proceso de autorización de despido por causas económicas que promoviera la Universidad Santa María La Antigua.

En primera instancia, el Juzgado de Trabajo de la Sexta Sección, previo análisis del material probatorio incorporado al proceso, mantuvo la inamovilidad de la señora M.E.O. considerando que la empleadora no había cumplido con lo preceptuado en el artículo 213, acápite c, literal 3 del Código Laboral ni lo concerniente a la prelación y necesidad absoluta del despido (fs. 305-310). Seguidamente, recordemos que el Juzgador de Segunda instancia confirmó esta decisión, razón por la cual se interpuso el recurso que pasamos a estudiar.

FUNDAMENTO DEL RECURSO.

El apoderado de la...

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