Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 11 de Marzo de 2009

PonenteWinston Spadafora Franco
Fecha de Resolución11 de Marzo de 2009
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El licenciado R.A.G.C. actuando en representación de DOMINGO MORENO, ha presentado recurso de casación laboral contra la Sentencia de 17 de diciembre de 2008, dictada por el Tribunal Superior de Trabajo del Segundo Distrito Judicial, dentro del proceso laboral que promoviera en perjuicio de SUPER BARÚ, S.A.

  1. LA SENTENCIA IMPUGNADA

    El presente recurso extraordinario tiene como génesis el proceso común de trabajo que promoviera el señor DOMINGO MORENO a fin de obtener el pago de siete mil seiscientos noventa balboas con catorce centésimos (B/.7,690.14) en concepto de prestaciones laborales adeudadas (fs. 1-4). El hecho que fundamentó su demanda consiste el haber sido despedido de su puesto de trabajo, sin que se le cancelaran sus derechos adquiridos en concepto de horas extras trabajadas.

    El Juzgado Segundo de Trabajo de la Tercera Sección condenó a la sociedad Súper Barú, S.A., a pagar al trabajador DOMINGO MORENO la suma de un balboa con diecinueve centésimos (B/. 1.19) en concepto de diferencia de vacaciones vencidas y absolvió a la empleadora del pago de las demás reclamaciones entabladas (fs. 465-476).

    De esta decisión, apeló el apoderado judicial del señor MORENO ante el Tribunal Superior de Trabajo del Segundo Distrito Judicial; instancia que emitió la Sentencia de 17 de diciembre de 2008, confirmando la resolución del Juzgador primario. Para arribar a esta conclusión, el "Ad-quem" estudió de manera minuciosa cada una de las pruebas aportadas al proceso, las cuales a su juicio revelaron que la parte empleadora adeudaba sólo una mínima parte del monto demandado en concepto de prestaciones laborales (fs. 509-515).

    Inconforme con la condena establecida por los juzgadores laborales, el señor OMINGO MORENO, recurre en casación argumentado deficiencias en la valoración del material probatorio aportado al proceso. Veamos.

  2. ARGUMENTOS DEL CASACIONISTA.

    En primer lugar, el recurrente pide que se case la sentencia impugnada y, además, que esta Corte ordene nuevamente la práctica de la prueba pericial y para ello nombre un perito idóneo para realizarla.

    A lo largo de su escrito, el apoderado judicial del señor DOMINGO MORENO, señala que el Tribunal Superior de Trabajo no apreció adecuadamente el dictamen pericial que reposa a foja 386 del expediente laboral. Precisa que el perito no aplicó debidamente el recargo correspondiente sobre el salario en horas extras e, incluso, demostró un desconocimiento total sobre su cálculo.

    Continúa...

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