Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 9 de Septiembre de 2009

PonenteJacinto Cárdenas M
Fecha de Resolución 9 de Septiembre de 2009
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El licenciado T.V.C. actuando en representación de L.C.D. ha presentado recurso de casación laboral contra la Sentencia de 12 de junio de 2009, emitida por el Tribunal Superior de Trabajo del Primer Distrito Judicial dentro del proceso laboral que incoado en perjuicio de Panamá Aerospace Engineering, Inc. (PAE).

Mediante la Sentencia advertida de ilegal, el Tribunal Superior de Trabajo confirmó la Sentencia N° 27 de 8 de mayo de 2009 dictada por el Juzgado Cuarto de Trabajo de la Primera Sección, a través de la cual se absolvió a la parte empleadora del pago de las prestaciones laborales demandadas.

ANTECEDENTES DEL RECURSO.

Las sentencias emitidas por las mencionadas autoridades de trabajo tienen su origen en la demanda laboral que presentara L.C.D. contra Panamá Aerospace Engineering, Inc., a fin de que se le pagaran tres mil setecientos noventa y ocho balboas con veintiún centésimos (B/.3,798.21).

La cuantía tiene como sustento el inicio de una relación laboral como mecánico de aviación en el local 244, área revertida, sector aeropuerto, en Howard, desde el 13 de agosto de 2000 hasta el 13 de junio de 2008.

Arguye el casacionista que durante su relación de trabajo con la empresa demandada, su salario mensual ascendía a setecientos cincuenta balboas (B/.750.00) y que al finalizar la misma no se le cancelaron sus prestaciones laborales ni la indemnización correspondiente a la renuncia con causa justificada (fs. 1-3 del proceso laboral).

En respuesta a la pretensión del demandante, la parte empleadora negó la existencia de la relación de trabajo, advirtiendo que el señor D. firmó un convenio de beca con la Universidad Tecnológica de Panamá, que fue debidamente firmado en inglés por dos (2) funcionarios públicos y traducido. Precisó que la beca del reclamante tenía como fin obtener el entrenamiento para aspirar en el futuro a una licencia de mecánico de aviación (fs. 26-28 del proceso laboral).

Evacuados los trámites procesales de rigor, el Juzgado de Trabajo de la Sexta Sección, concluyó que no existían elementos de prueba que demostraran la prestación de un servicio por parte del demandante y, consecuentemente, la existencia de una relación de trabajo (fs. 224-229).

Por su parte, reiteramos que el Tribunal de Segunda instancia confirmó esta decisión, bajo la premisa que el señor D. no había acreditado de manera fehaciente la existencia de un contrato de trabajo de aprendizaje que respaldara la prestación personal del servicio a favor de Panamá Aerospace Engineering, Inc. (PAE) (fs. 243-254).

FUNDAMENTO DEL RECURSO DE CASACIÓN

El apoderado del casacionista sostiene que la Sentencia de 12 de junio de 2009 ha vulnerado el artículo 82 del Código de Trabajo que establece que...

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