Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 4 de Abril de 2019

PonenteHarry Alberto Díaz González
Fecha de Resolución 4 de Abril de 2019
EmisorSegunda de lo Penal

Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá

S.: Segunda de lo Penal

Ponente: Harry Alberto Díaz González

Fecha: 04 de abril de 2019

Materia: Casación penal

Expediente: 406-16C

VISTOS:

Tras haberse celebrado la audiencia oral y pública, procedemos a resolver dentro de los recursos de casación formalizados por la licenciada L.A.H., contra la Sentencia No. 125 S.I. de 10 de diciembre de 2014, emitida por el Segundo Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial, mediante la cual se revocó la Sentencia Absolutoria N.° 22 de 1 de agosto de 2013, dictada por el Juzgado Quinto de Circuito Penal del Primer Circuito Judicial de Panamá, y en consecuencia, declaró penalmente responsables a los procesados F.A.H. y C.P.N.G., como autores del delito de posesión agravada de drogas, siendo condenados a cincuenta (50) meses de prisión e inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas, por un término igual a la pena de prisión, luego de cumplida la pena principal.

HISTORIA CONCISA DEL CASO

Sobre este apartado, la abogada recurrente señaló lo siguiente (fs.339-341):

"La investigación tiene su génesis con la Diligencia de Allanamiento y Registro solicitada por el Sub-Comisionado J.F., J. de la Zona de Policía Metropolitana, quien en su momento gestiona ante el Fiscal de Turno, Especializado en Delitos Relacionados con Drogas, se practique la citada diligencia; toda vez, que una fuente anónima advierte que en el Corregimiento de Calidonia, Edificio Arraiján, planta baja, Apto No. 9, reside un sujeto que se dedica a la venta de sustancias ilícitas; y que además tiene una barbería de nombre "NewStile" la cual utiliza para ese mismo fin (fs.5).

Al practicarse dicha diligencia, son ubicados en el inmueble los señores F.A., residente en Calidonia, Edificio Arraiján, 3 piso, apartamento 144, y C.P.N., residente en Calidonia, Edificio Arraiján, planta baja, apartamento No. 30. En dicho registro se ubicó en la recamara dentro de un pantalón jeans, un sobre plástico transparente de polvo color blanco, que se presume sea cocaína, y 186 sobres plásticos transparentes vacíos. Adicional a ello, en el área de la sala, fue ubicado dentro de una bocina del equipo de sonido, 89 sobrecitos plásticos transparentes contentivos de polvo blanco, que se presume sea cocaína; un colador plástico verde, un celular marca Samsung, 14 recibos de pago de alquiler de apartamento No. 9 a nombre de L.C., una copia de cédula de identidad personal No. 8-410-889 a nombre de L.A.C.B.. Posteriormente, al revisarse un cuarto que funciona como closet se encontró un pasaporte No. P830374 de la República de Panamá, a nombre de L.A.B., dos (2) fotos, y la suma de B/.200.00 encontrados dentro de una zapatilla. (Fs.3-4)

Seguidamente del allanamiento practicado en el Edificio Arraiján, se realizó Diligencia de Allanamiento a la Barbería de nombre "NEWSTILE", la cual se localiza en la acera a un costado del Edificio Arraiján; encontrándose a un ciudadano de nombre V.G.B., el cual se mantenía dentro de la barbería cortándose el cabello, y quien manifestó a las autoridades que mientras el barbero le cortaba el cabello, alguien le avisó que le estaban allanando el apartamento, y salió corriendo del local. V.G. sirvió como testigo del allanamiento a la barbería, y en su ejecución fue encontrada una bolsita plástica transparente envuelta en un periódico que se presume sea droga, un chip movistar, un celular color negro marca Nokia, un Certificado de Tesorería Municipal de Panamá, a nombre de L.A.C.B., y un Registro Comercial, a nombre del prenombrado CABALLERO BOXILL. (Fs.6-8; 13-21)

Al rendir su declaración indagatoria, C.P.N. fs.37-42), niega los cargos formulados en su contra, excepcionando que se encontraba en su residencia cuando fue llamado por el señor ABADÍA para que le cortara el cabello, y acudió junto al prenombrado ABADÍA al a casa del señor L.B. para que le prestara la máquina, y la silla de cortar. Continúa señalando, que reside junto a su madre e hija en el apartamento No. 30, primer piso, y que estaba donde BOXILL, ya que les...

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