Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 8 de Abril de 2019

PonenteHarry Alberto Díaz González
Fecha de Resolución 8 de Abril de 2019
EmisorSegunda de lo Penal

Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá

Sala: Segunda de lo Penal

Ponente: Harry Alberto Díaz González

Fecha: 08 de abril de 2019

Materia: Casación penal

Expediente: 266-15C

VISTOS:

Pendiente de pronunciamiento de fondo, se encuentra el recurso de casación penal en el fondo formalizado por la Fiscalía Primera Especializada en Delitos Relacionados con Drogas, en contra de la Sentencia de 2da. I.. No.77 de 21 de noviembre de 2013, proferida por el Segundo Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial.

La decisión judicial censurada mediante el recurso impetrado, confirmó la Sentencia Absolutoria N°42 del 23 de noviembre de 2012, mediante la cual el Juzgado Segundo del Tercer Circuito Judicial de Panamá, Ramo Penal, absuelve a los procesados P.A.V., JARISON ALBORNÓZ, J.S.R., Ó.E.S.R., WASHINGTON RENTERÍA CONDUMI y JULIO C.P., sindicados por el delito contra la seguridad colectiva, relacionado con drogas, hecho denunciado de oficio.

Cumplidos los trámites procesales inherentes al traslado del recurso a la Procuraduría General de la Nación, y luego del acto de audiencia oral, corresponde a la Sala pronunciarse sobre el fondo de la pretensión procesal esbozada por la recurrente, a lo que procedemos previa la consideración de las siguientes anotaciones.

HISTORIA CONCISA DEL CASO

El presente proceso tuvo su origen para el 29 de abril de 2011, con el Informe de Novedad suscrito por el Sargento 2do. 47393 E.A., quien puso en conocimiento de las autoridades sobre una llamada telefónica recibida en el centro de llamadas de la Policía Nacional, que alertaban sobre la ocurrencia de un robo en el sector de Las Lajas del Distrito de San Carlos.

Indica la misiva policial, que a las 8:30 horas al llegar al lugar señalado, se pudo percatar de la existencia de un vehículo Yaris, color gris ratón, que transitaba a gran velocidad, por lo que fue interceptado dándole la voz de alto. Del automóvil en mención, descendió como conductor P.A.V., al igual que sus acompañantes WASHINGTON RENTERÍA CUNDUMI y Ó.E.S.R., este último presentaba una herida en la parte posterior de la cabeza, el cual refirió había sido víctima de un delito de robo en la finca que había alquilado, siendo despojados de sus prendas, dinero, celulares y de un vehículo tipo camioneta marca Nissan Patrol, color negra.

Continúa el informe policial, el señor P.A.V. manifestó haber llamado al 104 para reportar el robo del cual fueron víctimas. En adición a ello, señaló que a él lo habían contratado unos señores colombianos, que tenían un vehículo Nissan Patrol, el cual confrontaba problemas mecánicos. En virtud de ello, se le pidió al señor ALANDETE VILLARREAL que los llevara a la finca donde se había registrado el incidente.

Al pasar por la comunidad de El Nancito, advierten los residentes del sector de La Laguna de la existencia de un vehículo color chocolate, el cual había retornado a la finca y recogió a varios sujetos, los cuales se disponían a viajar hacia Lajas, lo que motivó a la realización de un punto de control.

Sostiene el reporte policial, que a las 9:15 horas se divisó un vehículo con las características informadas, el cual transitaba a gran velocidad, razón por la cual se le dio la voz de alto a una distancia prudente, orden que fue desatendida por el conductor, por ello se hizo una detonación al aire. Esto hizo que le conductor del vehículo detuviera la marcha, a escasos metros de los policías. En dicho vehículo viajaban tres sujetos: J.A.R. -conductor-, J.A.S.R. y JULIO C.P., quien presentaba una herida en la parte posterior de la cabeza. Al ser cuestionado por lo anterior, éste le indicó haber sido víctima de un asalto en una finca ubicada en La Laguna, por lo que los llevaron con los otros dos sujetos que tenían en custodia y les solicitaron les mostraran el lugar donde ocurrió el hecho.

A las 10:10 horas, en la finca, se entrevistaron con el cuidador de la misma, el señor A.C., quien manifestó se encontraba en los sembradíos desde temprano en la mañana, luego recibió una llamada de su patrón preguntándole qué había pasado en la finca, por lo que decidió retornar a la misma observando que los inquilinos habían tenido un percance. Agrega que los inquilinos mantenían un vehículo Nissan Patrol, color negro, con placa 258877, número de placa que conocía pues lo tenía anotado en una agenda.

Más tarde, a eso de las 11:50, fue ubicado a dos kilómetros, por la entrada del M.I.D.A. del sector de Sajalices, el vehículo Nissan Patrol, con placa 258877, identificado por Ó.E.S.R. como de su propiedad, y objeto del robo. A un costado de este vehículo, dentro de un lote baldío cercado con alambre de púas, fueron ubicados, bajo un sembradío de tecas, tres maletines con cuarenta y seis (46) paquetes rectangulares, embalados y forrados con cinta adhesiva de diferentes colores. Al analizar...

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