Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 21 de Septiembre de 2000

PonenteJOSÉ MANUEL FAUNDES R
Fecha de Resolución21 de Septiembre de 2000
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Para dictar sentencia se encuentra el recurso de casación promovido por el licenciado J.Q., en su condición de abogado defensor de N.A.T., procesado por el delito contra el pudor y la libertad sexual en perjuicio de YASSURI SANCHEZ. Dicho recurso fue presentado contra la sentencia de segunda instancia dictada por el Segundo Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial el 13 de agosto de 1999, mediante la cual condena al procesado a la pena de 3 años de prisión.

HISTORIA CONCISA DEL CASO.

Se inicia el proceso a raíz de la denuncia presentada por la señora D.O. de S. ante el Juzgado Nocturno de Policía de Colón, en la que manifiesta que su hija Y.S. fue abusada sexualmente por el señor N.A.T..

Luego de la denuncia se le practicó examen médico a la menor en el que se determinó que estaba embarazada. La menor manifestó que había sido violada en 2 ocasiones por el señor N.A.T. cuando ella visitaba el apartamento del procesado con la finalidad de que éste le ayudara con unos dibujos para tareas escolares. En su indagatoria el imputado acepta haber tenido relaciones con la menor, pero afirma que no hubo violencia y que eran a requerimiento de ella.

El Juzgado Segundo de Circuito de Colón, Ramo de lo Penal, al conocer la causa llama a responder a juicio a NIVALDO ALMNZA TERRARDO como infractor de las disposiciones contenidas en el Capítulo I, Título VI del Libro II del Código Penal y una vez realizada la audiencia, el Juzgado prenombrado, mediante sentencia de 17 de mayo de 1999, condena al procesado por los cargos formulados en su contra a la pena de 18 meses de prisión, por encontrarlo culpale del delito de violación carnal en perjuicio de YASSURI SANCHEZ.

Contra la sentencia de primera instancia, el defensor del procesado y el Ministerio Público interpusieron recursos de apelación y el Segundo Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial, al decidir la alzada, mediante sentencia de 13 de agosto de 1999, reforma la condena y se la aumenta a 3 años de prisión sin reconocerle al procesado el derecho de reemplazo de la pena de prisión.

Por esta razón, el abogado defensor de N.A.T. interpuso el recurso de casación presente.

CAUSAL INVOCADA.

La causal que invoca el recurrente es la "Infracción de la Ley Sustancial Penal, en concepto de violación directa, que ha influido en lo dispositivo del fallo impugnado". (Numeral 1 del artículo 2434 del Código Judicial).

MOTIVO ADUCIDO.

El recurrente señala como único motivo que el Segundo Tribunal...

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