Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 7 de Diciembre de 1995

PonenteAURA E. GUERRA DE VILLALAZ
Fecha de Resolución 7 de Diciembre de 1995
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

Mientras se le daba el curso procesal al recurso de casación en el fondo presentado por el licenciado CARLOS CARRILLOS GOMILA, en el proceso penal seguido a F.C.A. por delito contra la libertad individual en perjuicio de C.S.A., el licenciado L.C.C.M., en representación de E.G.R.M., solicitó a la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia que declare la extinción de la acción penal y de la pena a favor de su representado, por razón de que el mismo fue favorecido con la expedición del Decreto Ejecutivo Nº 469 de 23 de septiembre de 1994, que le otorga indulto a varias personas, entre las que aparece el señor RAMOS MARTÍNEZ.

Al correrle traslado de dicha solicitud al Señor Procurador General de la Nación, dicho funcionario emitió concepto mediante su Vista Nº 66 de 18 de septiembre, en la que incluyó una advertencia de inconstitucionalidad sobre la frase referente a delitos "contra la libertad" contenida en el Decreto Ejecutivo Nº 469 de 23 de septiembre de 1994. Dentro del término de ley, se procedió a elevar la consulta al Pleno de la Corte Suprema de Justicia y se dispuso continuar el impulso procesal hasta colocarlo en estado de decidir, en espera del fallo del Pleno de la Corte constituida en Sala Constitucional.

El 24 de noviembre, según consta a fojas 2917 vuelta, el S. General de la Corte remitió copia auténtica de la sentencia recaída en la advertencia de inconstitucionalidad formulada por el Señor Procurador General de la Nación, contra la frase "contra la libertad" contenida en el artículo 1º del Decreto Ejecutivo Nº 469 de 23 de septiembre de 1994, mediante la cual la advertencia fue inadmitida (cfr. fs. 2918-2920).

Como el proceso se había suspendido hasta la etapa de decisión, debe la Sala expedir la resolución correspondiente, a lo que procede, previas las consideraciones que se exponen a continuación:

Como se anotó antes, el licenciado CARLOS CABEZAS MORENO, mediante escrito presentado el 29 de agosto de 1995, solicitó que se declarara la extinción de la acción penal y de la pena en este proceso a favor de su representado, el señor E.G.R.M., por haber sido favorecido con un indulto decretado por el Presidente de la República, a través del Decreto Ejecutivo Nº 469 de 23 de septiembre de 1994, publicado en la Gaceta Oficial Nº 22632 de 28 de septiembre de 1995.

La objeción principal hecha por el Señor Procurador General de la Nación para oponerse a la solicitud mencionada, consiste en que E.R. fue procesado y...

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