Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 23 de Junio de 1997

PonenteAURA E. GUERRA DE VILLALAZ
Fecha de Resolución23 de Junio de 1997
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

Si bien este caso ingresó a la Sala Segunda de la Corte, como Tribunal de casación, el 30 de septiembre de 1996, la manifestación de impedimento del Magistrado Ponente obligó a un nuevo reparto del caso entre los magistrados titulares de la Sala, de manera tal que la providencia que fija en lista el negocio no se expidió hasta el 11 de diciembre de 1996.

Mediante auto calendado el 15 de enero de 1997, se ordenó mantener el expediente en Secretaría a fin de que el recurrente hiciera las correcciones del recurso presentado, en el término establecido por la ley. En la misma fecha, el Dr. J.E.B.H., de la firma forense B. &B., presentó renuncia del poder que le confiriera el señor P.D.A.J. como representante de la acusación particular contra C.A.A.V. por el delito de simulación de hecho punible en perjuicio de los acusadores.

Al tenor de lo que preceptúa el artículo 635 del Código Judicial, se le concedió al señor P.A.J. un plazo para designación de nuevo apoderado, diligencia ésta que por razón del domicilio del afectado ha traído consigo una dilación indebida en este caso.

Antes de entrar a decidir la admisibilidad del recurso de casación corregido es necesario señalar lo siguiente:

  1. La renuncia del poder otorgado por P.D.A.J., lo excluye del recurso de casación presentado por su abogado anterior.

  2. El nuevo apoderado del señor P.D.A.J. es el Licenciado Ernesto S. Selles A. (fs. 64 y 66).

  3. El recurso de casación que...

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