Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 27 de Agosto de 1998

PonenteGRACIELA J. DIXON C
Fecha de Resolución27 de Agosto de 1998
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

Mediante providencia de 9 de julio de 1998, la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia ordenó la corrección del recurso de casación en el fondo presentado por la licenciada N.L.S. de S. actuando en representación de D.L.B. y como acusadora particular de A.S.C., contra la Sentencia de 23 de enero de 1998 emitida por el Segundo Tribunal Superior de Justicia, que a su vez confirma la Sentencia de 12 de septiembre de 1997 proferida por el Juzgado Sexto Penal de Circuito de lo Penal de la Provincia de Panamá.

Dicha sentencia condenó a A.O.S.C. a la pena de treinta meses de prisión y a la accesoria de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas de elección popular, o de cualquuier otro derecho político por el término de cinco (5) años, luego de cumplida la pena principal. Esta última es reemplazada por cien (100) días multa a razón de tres (B/.3.00) balboas diarios, arrojando un total de trescientos balboas (B/.300.00). E igualmente dicha sentencia declaró civilmente responsable a la Policía Nacional a la suma de Doscientos nueve mil (B/.209.000.00) balboas 00/100.

A continuación se constata que la resolución que se impugna puede ser recurrida a través del recurso extraordinario de casación, en virtud que la sanción mínima de prisión establecida en el Código Penal para el delito de lesiones personales (artículo 137 del Código Penal) es superior a 2 años.

En este punto es importante recordar, que el...

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