Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 27 de Octubre de 1994

PonenteAURA E. GUERRA DE VILLALAZ
Fecha de Resolución27 de Octubre de 1994
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

Mediante resolución calendada el 31 de agosto del año en curso, se ordenó mantener en Secretaría este proceso, a fin de que el recurrente, de conformidad al artículo 2444 del Código Judicial, realizara las enmiendas formales advertidas en el escrito de sustentación del recurso de casación presentado.

Pese a las distintas diligencias que se realizaron para notificar dicho auto a la parte interesada, esto no fue posible, por lo que se aplicó la disposición contenida en el artículo 2394 del Código de Procedimiento, que permite la notificación mediante correo certificado.

Como quiera que ha transcurrido el término concedido para que se hicieran las correcciones señaladas sin que por Secretaría se haya recibido escrito alguno con ese propósito, cabe decidir...

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