Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 29 de Junio de 1999

PonenteGRACIELA J. DIXON C
Fecha de Resolución29 de Junio de 1999
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

El licenciado A.G.Z.G., Defensor de Oficio del Circuito Judicial de la provincia de Los Santos, anunció y formalizó recurso extraordinario de Casación en el fondo contra la sentencia proferida por el Tribunal Superior del Cuarto Distrito Judicial el 18 de noviembre de 1997, la cual confirmó la sentencia de primera instancia que declaró responsable a su representado Y.M.A.H.A. y lo sancionó a la pena de dieciséis (16) meses de prisión y setenta y cinco (75) días multa.

En la misma sentencia se condenó también a W.O.G. a la pena de un (1) año de prisión y setenta y cinco (75) días multa. A ambos se les inhabilitó para el ejercicio de funciones públicas por el mismo tiempo de la pena de prisión.

Cumplidas las fases de admisión, sustanciación y celebrada la audiencia oral y pública ( fs. 207-208; 224; y 228-240), se procede a resolver el fondo del recurso.

FUNDAMENTO DEL CASACIONISTA

El licenciado Z.G. al interponer recurso de casación en el fondo solicita se case la sentencia recurrida y se absuelva a su defendido (fs. 187-193).

El contenido de su escrito se puede resumir así:

HISTORIA

Señala el casacionista que el C.H.J. apoyado por otros policías se trasladó a la residencia del imputado Y.M.A.H.A., ubicada en Los Olivos de Los Santos, al no encontrarlo se dirigieron a la casa del señor D.M. en El Bongo de esa jurisdicción, donde le había, informado que podía estar. El señor D.M. les dijo que había comprado la casa y ellos procedieron a entrar a la finca donde se encontraba su defendido, mientras que W.O.G. se dio a la fuga y fue aprehendido en el exterior del inmueble.

Posteriormente el Secretario de Drogas efectuó una diligencia de Registro logrando la incautación de varios instrumentos con residuos de polvo blanco, los que al ser objeto de análisis en el Laboratorio Técnico Especializado en Drogas se determinó que era cocaína en la cantidad de 0.25 gramos. Al rendir declaraciones indagatorias los imputados G. y H.A. aceptan ser consumidores de drogas.

Que el señor A.E.G., primo hermano de W.O.G. declaró que vendió la finca a D.M., pero que sin embargo la casa está en compromiso de venta con la persona.

Sostiene el casacionista que la incautación de las evidencias materiales que fundamentaron la comprobación del hecho punible, se produjo ilícitamente, dado que los Agentes de la Policía que efectuaron las capturas irrumpieron en un domicilio sin orden de autoridad competente, la cual se produjo para efectuar el registro posterior que se basaba en la acción de hecho previa.

Infiere así, que el Tribunal Superior valoró erróneamente la prueba, pues no tomó en cuenta el carácter ilícito del allanamiento practicado por los Agentes Captores y ello dio lugar a la confirmación de la sentencia de Primera Instancia.

Causal de Fondo Invocada:

El casacionista ha invocado la causal contemplada en el numeral 1º del artículo 2434 del Código Judicial, que se refiere al "Error de derecho en la apreciación de la prueba, el cual implica infracción de la ley sustancial".

Motivos:

Como sustento a la causal invocada el recurrente presenta un solo motivo. En el mismo señala que el Tribunal...

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