Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 30 de Agosto de 1994

PonenteAURA E. GUERRA DE VILLALAZ
Fecha de Resolución30 de Agosto de 1994
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

El licenciado, B.G.J. actuando en representación de E.U.P., dentro del proceso que se le sigue por el delito de Violación Carnal en perjuicio de I.U.G., anunció y sustentó en tiempo recurso extraordinario de casación en contra de la sentencia del 5 de mayo de 1994, dictada por el Tribunal Superior del Segundo Distrito Judicial, la cual Confirma la sentencia del a quo e impone a E.U.P., el cumplimiento de la pena principal de Ocho (8) años de prisión y de la pena accesoria de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por el término de cinco años, contados a partir del cumplimiento de la pena principal.

Con la finalidad de decidir sobre la admisibilidad del recurso presentado, el cual reposa a fojas 392-399 del expediente, la Sala ha examinado los aspectos formales del mismo, observando la omisión de los siguientes requisitos:

  1. En relación a la historia concisa del caso, se observa que aún cuando la misma contiene el delito que dio origen al proceso, la forma como se calificó en el auto encauzatorio, la sentencia del juzgador de primera instancia y se anota la sentencia del juzgador de segunda instancia; sin embargo, no expresa cuáles son los cargos de injuridicidad de la sentencia, los cuales deben surgir de la exposición que contiene la relación sucinta del caso.

  2. En el desarrollo de la primera causal, al referirse al contenido de la infracción del artículo 2030 del Código Judicial, no especifica de que manera fue infringido sea por acción u omisión, además de no detallar el sentido en el cual fue vulnerado, sea por una interpretación errada de la norma o por su aplicación debida.

  3. En cuanto a la segunda causal invocada, aún cuando hace referencia al numeral 9º, párrafo 2º del artículo 2434 del...

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