Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 30 de Diciembre de 1997

PonenteAURA E. GUERRA DE VILLALAZ
Fecha de Resolución30 de Diciembre de 1997
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

Concluida la audiencia programada en el presente caso, conforme lo establece el artículo 2449 del Código Judicial, corresponde a esta Sala Segunda, decidir sobre el recurso extraordinario de casación promovido por la defensa de ELIÉCER GIMGUIMIA MEMBACHE, procesado por un delito contra el patrimonio.

HECHOS

Se refiere el presente negocio penal al robo de que fuera objeto la señora Anayansi Lee Him, a temprana hora de la tarde del día 2 de abril de 1995 por parte de dos sujetos. En su declaración, denuncia la agraviada que identificó en el departamento de fotografía de la P. T. J. a uno de los sujetos que la atacaron. Posteriormente, al ampliar su denuncia, afirma que se equivocó y que la policía logró atrapar a A.N.R. junto a su hermano R.N.R..

La madre de los sospechosos, señora V.E.R.M. (f. 15) afirma que quienes ejecutaron el ilícito responden al apodo de Guachapali y P., e indica que este último la llevó a una casa de empeño donde habían vendido el dije, el cual ella recuperó al pagar la suma de trece balboas con setenta y ocho centavos (B/.13.78).

En diligencia de reconocimiento en rueda de detenidos, la señora Lee Him identifica a R.N.R. como la persona que tomó parte en el robo (f. 77).

Al rendir declaración jurada E.G.M. afirma no haber participado en el ilícito investigado. Sin embargo, la prueba grafotécnica sobre la volante del recibo de la casa de empeño, dio resultado positivo en la persona de Gimguimia Membache, aunque en la diligencia de reconocimiento en rueda de detenidos, el mismo no es identificado (f. 181).

En su indagatoria, G.M. confiesa que sólo empeñó la prenda, porque su amigo R. le dijo que era de su mamá y como no poseía cédula de identidad, le pidió el favor de que le hiciera esa gestión.

Luego de llamarlo a juicio, el Juzgado Tercero de Circuito, mediante sentencia de fecha 7 de agosto de 1996, condenó a Guimguimia Membache a la pena de cinco (5) años de prisión, decisión que al ser apelada fue confirmada por el Segundo Tribunal Superior de Justicia en sentencia de 18 de febrero de 1997. Sobre la misma se anuncio recurso de casación en el fondo.

CAUSAL INVOCADA

La casacionista señaló como causal de fondo: "cuando se haya cometido error de derecho, al determinar la participación y correspondiente responsabilidad del imputado, en los hechos que la sentencia de por probados", la cual se encuentra en el numeral 11 del artículo 2434 del Código Judicial.

Son tres los motivos en que se fundamenta...

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