Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 23 de Septiembre de 2004

PonenteRogelio A. Fábrega Zarak
Fecha de Resolución23 de Septiembre de 2004
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

Mediante resolución de 22 de julio de 2004, ordenó esta Sala la corrección del recurso de casación propuesto por el licenciado V.E.V.P., en representación del señor E.B.E.M., contra la sentencia proferida por el Primer Tribunal Superior de Justicia, el 4 de febrero de 2004, en la excepción de prescripción de la acción incoada por BANCO FEDPA, S.A., en el proceso sumario que le sigue el recurrente.

El casacionista corrigió en tiempo, como expresa el informe de la Secretaría de la Sala visible a foja 902, por lo que pasa la Sala a determinar si las correcciones respectivas se sujetan a lo indicado por esta Superioridad.

Vale decir que, del recurso de casación propuesto en el fondo y en el que se invoca una sola causal, esta es, "Infracción de normas sustantivas de derecho por concepto de violación directa", dispuso la Sala que se corrigieran los motivos en el sentido de que debía la parte recurrente suprimir los recuentos procesales, apreciaciones subjetivas y referencias a la valoración probatoria de ciertos medios o elementos de convicción que se señalan en los motivos cuarto y quinto, específicamente, por no ser tales señalamientos congruentes con la causal invocada.

En el escrito de corrección, advierte la Sala, se subsanan los defectos...

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