Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 5 de Diciembre de 2003

PonenteJosé A. Troyano
Fecha de Resolución 5 de Diciembre de 2003
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

El Licenciado D.Z.R., apoderado judicial de VENTAS YAU Y HAU, ha interpuesto recurso de casación contra la sentencia proferida por el Tribunal Superior del Segundo Distrito Judicial el 20 de agosto de 2001, dentro del proceso ordinario instaurado por COMPAÑÍA AZUCARERA LA ESTRELLA, S.A., contra la sociedad recurrente y el señor ALEXIS CHAN PAN.

Cumplidos los trámites procesales correspondientes, procede la Sala a revisar el recurso, con el objeto de determinar si cumple con los requisitos necesarios para ser admitido.

Al respecto, se ha podido constatar que la resolución impugnada es recurrible en casación, tanto por su naturaleza como por la cuantía del negocio y que el recurso fue anunciado y formalizado en tiempo oportuno y por persona hábil.

En cuanto al libelo del recurso, se advierte que se han invocado tres causales de casación en el fondo, que se analizarán con la debida separación que impone la ley.

La primera causal consiste en la infracción de normas sustantivas de derecho por interpretación errónea, que ha influido sustancialmente en lo dispositivo de la resolución recurrida, la cual se encuentra consagrada en el artículo 1169 del Código Judicial.

Los dos motivos que le sirven de sustento resultan adecuados en su aspecto formal. Sin embargo, en el apartado correspondiente a las disposiciones legales que se estiman infringidas y el concepto de dichas infracciones, si bien la parte recurrente cita la norma sustantiva que se estima erróneamente interpretada, no incluye la norma del Código Civil que contiene el criterio interpretativo que se considera igualmente infringido, lo cual es necesario cuando se invoca este concepto de la causal de fondo, para determinar qué regla viola la sentencia atacada.

Consecuentemente, se debe corregir esta primera causal conforme a lo anteriormente señalado.

La segunda causal consiste en la infracción de normas sustantivas de derecho por violación directa, que ha influido sustancialmente en lo dispositivo de la resolución recurrida, la cual ha sido enunciada en los términos que establece el artículo 1169 del Código Judicial.

No obstante, al revisar los motivos la Sala advierte que los mismos no cumplen con su función de servir de fundamento a la causal y, para mayor ilustración, se transcriben a continuación:

"PRIMERO: El acto impugnado colige que V.Y. y H.

compró azúcar a la Azucarera La Estrella en grandes cantidades en concepto de

crédito y que dicha transacción se...

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