Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 9 de Julio de 2009

Fecha09 Julio 2009
Número de expediente261-06

VISTOS:

La L.N.A.P. en su condición de apoderada judicial de H.M.A.S. presentó recurso de casación en el fondo, contra la sentencia de 3 de agosto de 2006 dictada por el TRIBUNAL SUPERIOR DEL TERCER DISTRITO JUDICIAL, por medio de la cual CONFIRMA la sentencia No. 54 del veintinueve ( 29 ) de diciembre de dos mil cinco (2005), proferida por el JUZGADO NOVENO DEL CIRCUITO DE CHIRIQUI, dentro del Proceso Ordinario de Oposición a Título presentado por RÓMULO CABALLEROGUERRERO contra H.M.A.S..

Recibido el expediente se le dio el trámite que establece el Código de Procedimiento Civil. El recurso fue admitido por la Sala mediante resolución de 29 de junio de 2007. Sólo a la parte demandada aprovechó el término concedido para los alegatos.

Agotados los trámites procesales inherentes al presente recurso, y encontrándose el mismo en estado de ser decidido, procede la Sala a realizar un breve recuento de los antecedentes que dieron origen a este recurso extraordinario para luego resolver las causales de fondo alegadas por el casacionista.

ANTECEDENTES

Se trata de un Proceso Ordinario de Oposición a Título propuesto por RÓMULO CABALLEROGUERRERO contra HASSAN MUSTAFA ABUHASSAN SAMARAH ante el JUZGADO NOVENO DEL CIRCUITO DE CHIRIQUI, para que se declare que el demandado H.M.A.S. no tiene derecho a que Reforma Agraria, le expida título de plena propiedad que ha solicitado sobre un globo de terreno con 41 Has. Con 1,099.76Mts2, ubicado en Coquito Corregimiento de San Pablo Viejo, Distrito de D., Provincia de Chiriquí, cuyos linderos son los siguientes : AL NORTE: Con Camino; AL SUR Con terrenos propiedad de R.C.; AL ESTE: Con ANA GUERRA; AL OESTE: Con A.L..

El libelo de la demanda también solicita se declare que el globo de terreno que pretenden titular al demandado le pertenece a RÓMULO CABALLEROGUERRERO.

En su escrito de contestación el demandado niega los hechos y explica que el globo del terreno cuya solicitud de adjudicación a título oneroso formuló su representado ante la Reforma Agraria y que se identifica con el No. 4-0907-03 del 13 agosto de 2003 no constituye la finca 572.

Surtidas las fases procésales el tribunal, mediante Sentencia No. 54 de 29 de diciembre de 2005, resolvió DECLARAR PROBADA la Oposición de Título promovida por RÓMULO CABALLERO GUERRERO contra H.M.A.S., respecto de un globo de terreno ubicado en la localidad de San Pablo Nuevo, Corregimiento de San Pablo Nuevo, Distrito de D., cuya titulación se solicitó ante la Dirección Nacional de Reforma Agraria mediante documento No. 4-0795 de 21 de julio de 2004; del cual una porción aparece traslapada dentro del globo de terreno solicitado a la Dirección Nacional de Reforma Agraria, mediante documento No. 4-0907-03 de 13 de agosto de 2003.

Esta decisión fue apelada por ambas partes con el anuncio de pruebas en Segunda Instancia.

El Tribunal Superior del Tercer Distrito Judicial emitió Sentencia con fecha 3 de agosto de 2006, confirmando la sentencia de primera instancia, por considerar que el presente caso operan a favor del demandante una serie de pruebas que orientan al tribunal a establecer que ha sido el actor, quien ostenta los derechos posesorios del referido lote y lo coloca en posición de poder exigir su titularidad ante la Reforma Agraria.

Inconformes con el dictamen del Superior, el licenciado N.A.P., en representación de HASSAN MUSTAFA ABUHASSAN SAMARAH presentó recurso de casación en el fondo, que la Sala procede a resolver.

CONTENIDO DEL RECURSO

Se trata de un recurso de casación en el fondo, del cual fueron admitidas dos causales. La primera, " infracción de normas sustantivas de derecho, por error de hecho sobre la existencia de la prueba, que ha influido sustancialmente en lo dispositivo de la resolución recurrida " y la segunda " "infracción de normas sustantivas de derecho, por error de derecho en cuanto a la apreciación de la prueba, que ha influido sustancialmente en lo dispositivo de la resolución recurrida. "

Como se trata de dos causales invocadas dentro del mismo recurso, la Sala se referirá a cada una de ellas en el orden en que fueron presentadas.

PRIMERA CAUSAL :

INFRACCIÓN DE NORMAS SUSTANTIVAS DE DERECHO POR ERROR DE DERECHO SOBRE LA EXISTENCIA DE LA PRUEBA QUE HA INFLUIDO SUSTANCIALMENTE EN LO DISPOSITIVO DE LA RESOLUCIÓN RECURRIDA.

Dicha causal se sustenta en los siguientes motivos, los cuales se transcriben a continuación :

" a. La sentencia recurrida no valoró, pasó por alto, la Escritura Pública No. 516 del 5 de julio de 1991, de la Notaría Segunda del Circuito de Chiriquí (folios 120 al 122), en la cual R.C.B. celebra transacción extrajudicial con su hijo R.C.G., y en la que este último declara que con autorización del denominado "propietario", es decir, su padre R.C.B. (Q.E.P.D), a quien reconoce como titular de los derechos posesorios desde hace más de 15 años, venía usando en forma gratuita la finca de 41 hectáreas objeto del presente litigio; que él ( R.C.G. ) ha tenido únicamente la retención y disfrute de dicho bien, no así el ánimo de dueño, por lo que acepta y reconoce que su padre es quien ha tenido en forma pública, pacífica e ininterrumpidamente, por más de 15 años el derecho posesión que lo facultaba para titular la finca en su favor; además, en esta misma transacción...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR