Acuerdo Nº 81 de 23 de octubre de 2008, "POR EL CUAL SE DECLARA ZONA DE REGULARIZACIÓN EL ARCHIPIÉLAGO DE BOCAS DEL TORO, EL ARCHIPIÉLAGO DE LAS PERLAS, ISLA CÉBACO, ISLA GOBERNADORA, ISLA OTOQUE, ISLA TABOGA Y ALGUNAS ZONAS COSTERAS EN LA PROVINCIA DE BOCAS DEL TORO, COCLÉ, COLÓN, CHIRIQUÍ, DARIÉN, HERRERA, LOS SANTOS, PANAMÁ Y VERAGUAS ".

REPÚBLICA DE PANAMÁ

PROGRAMA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN DE TIERRAS

COMITÉ TÉCNICO OPERATIVO

Acuerdo Nº 81

(De 23 de octubre de 2008)

"Por el cual se declara zona de regularización el Archipiélago de Bocas del Toro, el Archipiélago de Las Perlas, Isla Cébaco, Isla Gobernadora, Isla Otoque, Isla Taboga y algunas zonas costeras en las Provincias de Bocas del Toro, Coclé, Colón, Chiriquí, Darién, Herrera, Los Santos, Panamá y Veraguas"

El Comité Técnico Operativo

Considerando:

Que a través del Decreto Ejecutivo Nº 124 de 12 de septiembre de 2001, publicado en la Gaceta Oficial Nº 24,390 de 18 de septiembre de 2001, se estableció la estructura de funcionamiento para el Programa Nacional de Administración de Tierras (PRONAT).

Que el ordinal 10 del artículo decimocuarto del Decreto Ejecutivo Nº 124 de 12 de septiembre de 2001, señala como una de las funciones del Comité Técnico Operativo el "Declarar área de regularización catastral mediante Acuerdo del Comité, motivado y expreso".

Que el Decreto Ejecutivo Nº 228 de 27 de septiembre de 2008 estableció el procedimiento de adjudicación en las zonas costeras e insulares que hayan sido declaradas como áreas de regularización y titulación masiva de tierras.

Que la regularización y titulación en las zonas insulares y costeras responden al interés del Gobierno Nacional de garantizar la seguridad jurídica en la tenencia de la tierra a las poblaciones de estas áreas levantando aproximadamente 5,500 predios en áreas insulares y aproximadamente 34,000 predios en zonas costeras, en una superficie estimada de 75,000 hectáreas. Esto permitirá a los ocupantes de estos predios obtener un título de propiedad según las normas nacionales vigentes.

Que las Instituciones Ejecutoras del Programa son: Por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), la Dirección de Catastro y Bienes Patrimoniales (DCBP); por el Ministerio de Desarrollo Agropecuario (MIDA), la Dirección Nacional de Reforma Agraria (DINRA); por la Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM), la Dirección de Áreas Protegidas y Vida Silvestre; por el Ministerio de Gobierno y Justicia, la Dirección Nacional de Gobiernos Locales y la Dirección Nacional de Política Indigenista; por el Ministerio de Obras Públicas, el Instituto Geográfico Nacional "Tommy Guardia"; por el Ministerio de Vivienda, la Dirección General de Desarrollo Urbana; y el Registro Público de Panamá.

Que de acuerdo con la Ley 24 de 5 de julio de 2006 y del Decreto Ejecutivo 228 de 27 de septiembre...

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