Resuelto Nº DAL-002-ADM de 3 de enero de 2006, DECLARAR ZONA PILOTO LIBRE O DE BAJA PREVALENCIA DE LA MOSCA DEL MEDITERRANEO CERATITIS CAPITATA (WIED), EL AREA DELIMITADA: AL NORTE CON EL RIO SAN MIGUEL, AL SUR CON AL CARRETERA INTERAMERICANA

REPÚBLICA DE PANAMÁ

MINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO

RESUELTO DAL Nº 002 ADM PANAMÁ 3 DE ENERO DE 2006

EL MINISTRO DE DESARROLLO AGROPECUARIO,

en uso de sus facultades legales,

C O N S I D E R A N D O:

Que la Ley Nº 9 de 8 de junio de 1992, aprobó la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria (CIPF). La cual responde a la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO).

Que la Norma Internacional para Medidas Fitosanitarias (NIMF) 4 de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria (CIPF), establece medidas para prevenir la introducción y diseminación de plagas de plantas y productos vegetales.

Que la Ley Nº 47 de 9 de julio de 1996, faculta a la Dirección Nacional de Sanidad Vegetal, declarar áreas libres o de baja prevalencia de plaga, de acuerdo con medidas internacionales de protección fitosanitaria, armonizadas y científicamente aceptadas.

Que la metodología de trampeo ejecutado a través del proyecto de la Agencia Internacional de Energía Atómica, nos ha permitido declarar libre de la Mosca del Mediterráneo, el área frutícola de la Provincia de Coclé.

En consecuencia,

R E S U E L V E:

PRIMERO: Declarar zona piloto libre o de baja prevalencia de la Mosca del Mediterráneo Ceratitis Capitata (Wied), el área delimitada: al norte con el río San Miguel, al sur con la carretera interamericana, incluyendo la comunidad de Penonomé, al este con la carretera que se...

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