Resolución Nº 017 de 2 de marzo de 2010, 'POR EL CUAL SE ESTABLECE EL COBRO POR EL SERVICIO LA EXPEDICIÓN DE CERTIFICACIONES Y FOTOCOPIAS AUTENTICADAS DE DOCUMENTOS, QUE EXTIENDA LA AUTORIDAD NACIONAL DE ADUANA Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES'.

REP�BLICA DE PANAM�

AUTORIDAD NACIONAL DE ADUANAS

Resoluci�n No. 017

(De 2 de marzo de 2010)

Por el cual se establece el cobro por el servicio la expedici�n de Certificaciones y fotocopias Autenticadas de documentos, que extienda la Autoridad Nacional de Aduana y se dictan otras disposiciones

LA DIRECTORA GENERAL

en uso de sus facultades legales,

C O N S I D E R A N D O:

Que mediante el Decreto Ley No. 1 de 13 de febrero de 2008, se cre� la Autoridad Nacional de Aduanas como una instituci�n de Seguridad P�blica, con personalidad jur�dica, patrimonio propio, autonom�a en su r�gimen interno y jurisdicci�n en todo el territorio nacional.

Que de conformidad con lo dispuesto en el art�culo 162 del citado Decreto Ley No. 1 de 2008, a partir de la entrada en vigencia del mismo, la Direcci�n General de Aduanas ha sido sustituida para todos los efectos legales por la Autoridad Nacional de Aduanas; en consecuencia, toda norma legal, documento o proceso en curso en que se designe o forme parte dicha Direcci�n General se entender� referido a la nueva Autoridad.

Que el prop�sito de la Autoridad Nacional de Aduana es facilitar la gesti�n aduanera, el comercio exterior y orientar a los usuarios, sobre las peticiones certificaciones y autenticaciones de documentos, es por el cual le corresponde recaudar contribuciones Administrativas para el mejor manejo de sus funciones y operaciones, para satisfacer las obligaciones pecuniarias que surjan a la Autoridad,

Que el articulo 68 del Decreto ley No. 1 de 13 de febrero de 2008, en su numeral 6, tiene por objeto de regular el ejercicio de la facultad potestativa de la Autoridad Nacional de Aduana, para hacer efectiva el cobro administrativo de contribuciones y tasas por servicios aduaneros.

Con el prop�sito de facilitar la gesti�n aduanera de las personas que act�an ante esta Autoridad, en calidad de Agentes Corredores de Aduanas o de asistentes autorizados, intermediarios o particulares, se hace necesario el cobro de esta contribuci�n con la finalidad facilitar las operaciones del comercio exterior.

Que se hace necesario establecer el cobro al servicio de Certificados y Autenticaciones de documentos que realiza en la Autoridad Nacional de Aduanas toda vez que esta actividad involucra gastos de papeler�a tinta, materiales de oficina y personal a disposici�n de estas solicitudes.

Por lo anteriormente expuesto la suscrita Directora General de autoridad Nacional de Aduanas, en usos de sus...

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