Circular Nº 011 de Superintendencia de Bancos, 2024
Año | 2024 |
Número de circular | 011 |
Fecha | 30 Enero 2024 |
Sección | Superintendencia de Bancos |
Tipo de documento | Circular |
30 de enero de 2024
Circular No. SBP-DR-0011-2024
Señor(a)
Gerente General
E. S. D.
Referencia: Límite para los abonos a obligaciones
pagaderos dentro de los ciento ochenta y seis
(186) días calendario.
Señor(a) Gerente General:
Nos permitimos comunicarle que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 9 del Acuerdo No.4-
2008, esta Superintendencia ha decidido mantener el porcentaje de los abonos y obligaciones
establecido en la Resolución General de la Junta Directiva SBP-GJD-0003-2014 de 28 de enero de
2014.
En atención a lo anterior, no más de treinta por ciento (30%) de los activos líquidos utilizados para el
cálculo del índice de liquidez podrá consistir en abonos de obligaciones (entendiéndose obligaciones
por préstamos) que sean pagaderos dentro de los ciento ochenta y seis (186) días calendario contados
a partir del informe de liquidez, los cuales deben estar clasificados en la categoría normal, de
conformidad con el Acuerdo sobre clasificación de préstamos.
Agradecemos al señor (a) Gerente que imparta al personal a su cargo las instrucciones pertinentes
para el cumplimiento de la presente.
Atentamente,
Amauri A. Castillo
Superintendente
ARV/ldc
[F] NOMBRE
CASTILLO CHANG
AMAURI ARIEL -
ID 8-238-386
Firmado digitalmente por
[F] NOMBRE CASTILLO
CHANG AMAURI ARIEL - ID
8-238-386
Fecha: 2024.01.30 17:21:41
-05'00'
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