Circular Nº 060 de Superintendencia de Seguros y Reaseguros de Panamá, 01-09-2013
Número de circular | 060 |
Fecha | 01 Septiembre 2013 |
Emisor | Superintendencia de Seguros y Reaseguros (Panamá) |
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Panamá, 10 de septiembre de 20'13.
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 5 del Acuerdo N' O2-2A12, por el cual se
establece el "Procedimiento para la Adopción de Aquerdos Reglamentarios a la Ley 12 de 3 de
abril de 2012, que regula la actividad de seguros y dicta otras disposiciones", la
Superintendencia de Seguros y Reaseguros publica el presente aviso convocando a un
Proceso de Consulta Pública respecto a un Acuerdo que se propone adoptar.
AVISO DE CONSULTA PUBLICA
DEGLARACIÓN GENERAL DE LA NATURALEZA DE LAS ACCIONES QUE SE
ADOPTARÁN
La Superintendencia de Seguros y Reaseguros contempla adoptar el siguiente Acuerdb:
"Por medio del cual se reglamenta el ejercicio de /os corredores y sociedades corredoras de
segruros. "
RESUMEN DE LOS PRINCIPALES TÉRMINOS Y EXPLICACIÓN DE LAS RAZONES DE
DICHA ACGIÓN:
El Acuerdo sometido a consulta pública contiene disposiciones que desarrollan las reglas y
requerimientos mínimos para operar como corredores y sociedades corredoras de seguros.
FUNDAMENTO LEGAL
Artículos 164 a 199 y concordantes de la Ley No. 12 de 3 de abril de 2012.
INFORMACIÓN SOBRE OBTENCIÓN DE COPIAS DEL TEXTO DE LA ACCIÓN, NOMBRE Y
DIRECCIÓN DEL FUNCIONARIO DE LA SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS Y
REASEGUROS A OUIÉN SE LE DEBE ENVIAR COMENTARIOS Y PLAZO
Cualquier per$ona podrá obtener una copia, a su costo, del Acuerdo propuesto que se pretende
adoptar. Para ello, deberá acudir a las oficinas de la Superintendencia de Seguros y
Reaseguros ubicadas en laAvenida RicardoArias, Calle 51, Ciudad de Panamá, en el horario
de 8:30 a.m. a 3:30 p.m., o bajar el texto de la página web: www.supersequros.gob.pa.
Los comentarios deberán efectuarse por escrito y dirigirse al Licdo. Luis Della Togna,
Superintendente de Seguros y Reaseguros. Los comentarios serán recibidos en las oficinas de
la Superintendencia en un plazo de quince (15) días calendario coniados a parlir de la
publicación del aviso en la página web.
Superintendente
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