Circular Nº 11-2015 de Superintendencia del Mercado de Valores, 2015

Número de circular11-2015
EmisorSuperintendencia del Mercado de Valores (Panamá)
SMV
Superintendencia
do
I
Morcado
de
Volólos
22
de
junio
de
2015
Circular
No.
SMV-//
-2015
Señores
Oficiales
de
Cumplimiento
y
Ejecutivos
Principales
de
entidades
Con
licencia
Tema:
Obligatoriedad
por
parte
de las
entidades reguladas
de
adoptar procedimientos
para
el
control
y
fiscalización.
Respetados
señores:
Sirva
la
presente
para
recordar
a
todos
los
regulados sobre
la
importancia
y la
obligatoriedad
de
implementar procedimientos
de
control
a fin de que se
logre
el
fiel
cumplimiento
de la Ley del
Mercado
de
Valores,
así
como
la
mitigación
de
riesgos
inherentes
al
negocio.
La
Ley del
Mercado
de
Valores
demanda,
por
medio
de
distintos acuerdos
reglamentarios,
el
establecimiento
de
estos
procedimientos.
El
Acuerdo 5-2003,
que
obliga
a la
adopción
del
Código General
de
Conducta, establece
en
su
regla cuarta
lo
siguiente:
"Regla
Cuarta. Medios
y
Capacidades.
Las
Casas
de
Valores
y
Asesores
de
Inversiones deben organizar
y
controlar
sus
medios
de
forma
responsable,
adoptando
las
medidas necesarias
y
empleando
los
recursos adecuados para realizar eficientemente
su
actividad.
En
consecuencia:
1.
Deberán establecer
los
procedimientos administrativos
y
contables
necesarios
para
el
adecuado control
de sus
actividades
y de sus
riesgos,
cerciorándose
de que los
sistemas
de
acceso
y
salvaguarda
de sus
medios
informáticos
son
suficientes
a tal
fin.
6.
Deberán establecer procedimientos
y
medios
de
control necesarios
para evitar
la
realización
por
parte
de los
empleados
y
representantes
de la
entidad
de
actividades paralelas
o
fraudulentas
con su
clientela."
Calle
50,
Edificio
P.H.Global
Plaza,
Piso
8.
Tel.:
(507)
501-1700
Fax: (507)
501
-1709
www.supervalores.gob.pa
Apartado 0832-2281
WTC
Panamá, Rep.
de
Panamá

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR