Circular Nº 2024-0047 de Superintendencia de Bancos, 2024
Año | 2024 |
Número de circular | 2024-0047 |
Fecha | 20 Agosto 2024 |
Tipo de documento | Circular |
Sección | Superintendencia de Bancos |
20 de agosto de 2024
SBP-DR-CIRCULAR-2024-0047
Señor(a)
Gerente General
E. S. D.
Referencia: artículo 5 de la Resolución General
SBP-RG-R-2024-00375 de 19 de julio de 2024.
Señor(a) Gerente General:
Nos referimos al artículo 5 de la Resolución General SBP-RG-R-2024-00375 de 19 de Julio de 2024
“Por medio de la cual se actualizan los requerimientos de información alos bancos, a los grupos
bancarios yalas propietarias de acciones bancarias sobre los cuales la Superintendencia de Bancos
ejerza la supervisión de origen”, el cual establece que las entidades bancarias designarán a un
ejecutivo de la alta dirección facultado para verificar yfirmar la información preparada yremitida a
esta Superintendencia por las áreas operativas correspondientes através de Átomos, Tablas BAN,
medios impresos otecnológicos. Lo anterior, con el fin de instruir sobre el cumplimiento de lo
establecido en dicho artículo.
Con respecto al responsable ejecutivo de la alta dirección, podemos indicar que la gerencia general o
la persona identificada con el mayor nivel de jerarquía en el banco delegará en un ejecutivo de la alta
dirección la responsabilidad de aprobar toda información remitida a esta Superintendencia a través
de Átomos, Tablas BAN, medios impresos otecnológicos. Para tales efectos, cada entidad bancaria
determinará dentro de sus políticas al ejecutivo oejecutivos de la alta dirección en quien(es) se
delegará dicha facultad; por lo que, dicha delegación podrá recaer en uno o varios ejecutivos de la
alta dirección, según lo considere cada banco.
Con relación al responsable ejecutivo de la alta dirección delegado de aprobar la información a que
se refiere la Resolución General SBP-RG-R-2024-00375, se dictan las siguientes directrices:
1. Para los Átomos, Tablas BAN ydemás estructuras de datos establecidas en la Resolución
General SBP-RG-R-2024-00375, esta Superintendencia ha estimado conveniente disponer de
un reporte denominado “Información del ejecutivo(s) de la alta dirección yla(s) persona(s)
responsable(s) del área operativa” que se adjunta como anexo a la presente circular, através
del cual las entidades bancarias darán cumplimiento al requerimiento del artículo 5 con
relación ala facultad del ejecutivo(s) de la alta dirección delegado(s) para aprobar la veracidad
yexactitud de la información remitida a esta Superintendencia.Para tales efectos, dentro de
las dos primeras columnas del reporte se deberá hacer constar la siguiente información:
·El nombre, cargo einformación de contacto del ejecutivo(s) de la alta dirección que ha
sido delegado por el banco para aprobar la veracidad yexactitud de los Átomos, Tablas
BAN ydemás estructuras de datos que se remitirán a esta Superintendencia, los cuales
son detallados en el anexo adjunto.
“Solidez yconfianza: garantes de los derechos de los consumidores bancarios”
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Superintendencia de Bancos de Panamá, de acuerdo con la Ley 83 del 09/11/2012 yel Decreto Ejecutivo Nro. 275 del 11/05/2018. Utilice
el Código QR para verificar la autenticidad del documento ola URL:
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