Circular nº 27 de Superintendencia de Bancos, 2011

Año2011
Número de circular27
Fecha14 Abril 2011
EmisorSuperintendencia de Bancos
14 de abril de 2011
Circular No. SBP-DSF-0027-2011
Señor (a)
Gerente General
Ciudad
Ref.: Jamahiriya Árabe Libia
Señor (a) Gerente General:
Para los fines pertinentes, esta Superintendencia tiene a bien hacer de su conocimiento
que el Comité del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, mediante la Resolución
1970 (2011) aprobada en su sesión No. 6491 del 26 de febrero del 2011, por la violencia y
el empleo de la fuerza contra civiles en Libia, ha impuesto las siguientes sanciones:
Impedir el suministro de armas y municiones, vehículos y equipo militar, la venta o
transferencia directa o indirecta desde o a través del territorio nacional, o utilizando
buques o aeronaves de su pabellón, de armamentos y material conexo de
cualquier tipo.
Impedir la entrada y el tránsito de personas incluidas en el Anexo I de la
mencionada Resolución.
Congelar los fondos, otros activos financieros y recursos económicos que se
encuentren en los países y que sean de propiedad o estén bajo el control directo o
indirecto de las personas incluidas en el Anexo II.
Para conocer de forma completa el documento, favor visitar las direcciones electrónicas
que detallamos a continuación:
http://www.un.org/depts/dhl/unms/libyanarabjamahiriya.shtml (en las Naciones Unidas) o
www.superbancos.gob.pa
Atentamente,
Alberto Diamond R.
Superintendente
aas/

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