Circular Nº 52 de Superintendencia de Bancos, 2011

Año2011
Número de circular52
Fecha07 Septiembre 2011
Tipo de documentoCircular
7 de septiembre de 2011
Circular FECI No SBP-DJ-0052-2011
Señor (a)
Gerente General
Ciudad
Ref.: Nuevo Criterio de Interpretación de FECI sobre los
préstamos otorgados para e l financiamiento de cría
de especies menores. (Ley 24 de 7 de junio de
1995, Decreto Ejecutivo No. 43 de 7 de julio de
2004, Decreto Ejecutivo No. 123 de 14 de agosto de
2009, Resolución AG-0138-2004 de 6 de mayo de
2004).
Señor (a) Gerente General:
Por este medio, hacemos referencia a lo dispuesto en el Artículo 3 del Decreto Ejecutivo
No. 29 de 1996, modificado por el Decreto Ejecutivo No. 33 de 30 de marzo de 2010, el
cual dispone lo siguiente:
“ARTÍCULO 3 : Corresponderá a la Comisión FECI dictar las medidas necesarias
para la ejecución de la Ley 4 de 17 de mayo de 1994 y sus disposiciones
reglamentarias.
Asimismo, corresponde a la Comisión FECI hacer del conocimiento público el
monto del descuento fijado y establecer las reservas técnicas que se requieran
para el adecuado funcionamiento del FECI.
En adición al descuento de que trata el Artículo 1 de la Ley 4 de 1994, la Comisión
FECI podrá fijar un monto de descuento mayor para cuando se trate de
financiamientos para la financiación de los siguientes productos alimenticios:
Arroz, maíz, frijoles, tomate industrial, carnes (avícola, porcina y bovina), plátanos,
leche fresca, café, piña, cucurbitáceas, rábanos, repollo, cebollina, lechuga, apio,
tomate de mesa, pimentón, papa, cebolla, demás hortalizas y tubérculos; caña,
melones, sandía, zapallo, banano, cítricos; ovinos, caprinos y especies menores
(el resaltado es nuestro)”.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR