Resolución S.B.P. Nº No. 190-2008 de 31 de julio de 2008, 'POR LA CUAL SE AUTORIZA A CITIBANK, N. A. A TRASLADAR SU CASA MATRIZ UBICADA EN EL EDIFICIO PLAZA PANAMÁ, CALLE 50 HACIA SU NUEVA UBICACIÓN EN EL EDIFICIO TORRE DE LAS AMÉRICAS, PUNTA PACÍFICA'

República de Panamá

Superintendencia de Bancos

RESOLUCIÓN S.B.P. No.190-2008

(de 31 de julio de 2008)

El Superintendente de Bancos,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que CITIBANK, N. A., es una entidad organizada bajo las leyes de los Estados Unidos de América, inscrita en el Registro Público de Panamá a la Ficha 404, Rollo 238, Imagen 3, Sección de Micropelículas (Mercantil), la cual cuenta con autorización para ejercer el Negocio de Banca en la República de Panamá, bajo Licencia Bancaria General otorgada por la Comisión Bancaria Nacional, mediante Resolución No. 54 de 28 de diciembre de 1971;

Que CITIBANK, N. A., en atención a lo dispuesto por el Artículo 40 del Decreto Ley No. 9 de 1998, ha solicitado autorización por parte de esta Superintendencia para el traslado de su casa matriz ubicadas en el Edificio Plaza Panamá, Calle 50, hacia su nueva ubicación en el Edificio Torre de las Américas, Punta Pacífica, Ciudad de Panamá, a partir del 9 de agosto de 2008;

Que CITIBANK, N. A. ha comunicado a esta Superintendencia sobre la debida notificación que se hará a sus clientes con respecto al traslado de su casa matriz;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el Numeral 2 del Artículo 17 del Decreto Ley No. 9 de 26 de febrero de 1998, corresponde al Superintendente de Bancos autorizar el traslado de establecimientos bancarios, y

Que, efectuados los análisis correspondientes, la...

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