Acuerdo Municipal Nº 36 de 10 de septiembre de 2009, 'POR MEDIO DEL CUAL SE DICTAN DISPOSICIONES DE SEGURIDAD CIUDADANA EN EL DISTRITO DE BUGABA, RELACIONADOS AL CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS'.

Acuerdo Municipal Número TREINTA Y SEIS (36)

(De 10 de septiembre de 2009)

"Por medio del cual se dictan disposiciones de seguridad ciudadana en el Distrito de Bugaba, relacionados al consumo de bebidas alcohólicas"

EL CONSEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE BUGABA, en uso de sus facultades legales y;

CONSIDERANDO:

Que el Distrito de Bugaba en los últimos años ha evidenciado un desorden en el consumo de bebidas alcohólicas que afecta a gran parte de la población.

Que se hace necesario por vía de Ley Distrital establecer medidas severas en beneficio general y que limiten el consumo de bebidas alcohólicas fuera de horarios previamente establecidos.

Que por vía de Decretos Alcaldicios las anteriores administraciones han regulado el consumo de bebidas alcohólicas, pero la falta de regulación legal distrital ha permitido diversos conceptos administrativos, que han hecho más daño que bien a la comunidad, causando un relajamiento represivo.

ACUERDA:

PRIMERO: Establecer un horario y régimen general de multas severas a favor del Tesoro Municipal, para las personas naturales o jurídicas, lugares de expendio de bebidas alcohólicas en embases cerrados y abiertos, cantinas, bodegas, supermercados, mini - súper y cualquier lugar o actividad autorizada legalmente para el expendio de dicho tipo de bebidas de la siguiente forma:

DÍA Y HORA

MULTA

De Lunes a jueves de 10:00 a.m. a 12:00 media noche.

B/.200.00 a B/.500.00

Viernes de 10:00 a.m. a 2:00 de la mañana.

B/.200.00 a B/.500.00

Sábado de 10:00 a.m. a 3:00 a. m. del domingo

B/.100.00 a B/.300.00

Domingo de 10:00 a. m. a 12:00 media noche.

B/.200.00 a B/.500.00

Los moradores que hagan las denuncias formales ante las Corregidurías, por incumplimiento de este Acuerdo; recibirán el 30% de la multa aplicada y pagada, por lo que deberá dentro de la denuncia señalar el nombre del local o persona responsable de la venta fuera de horario, lugar de localización, si conoce bienes de su propiedad y el número de teléfono para localizarlo tanto al denunciado como al denunciante. La Copia de la denuncia servirá para el denunciante, como constancia para recibir el porcentaje de la multa pagada, con derecho incluso a ser informado en Tesorería Municipal, sobre el pago o no de la sanción aplicada. Tesorería Municipal una vez verifique el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR