Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 11 de Septiembre de 2020

PonenteOlmedo Arrocha Osorio
Fecha de Resolución11 de Septiembre de 2020
EmisorPrimera de lo Civil

Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá

S.: Primera de lo Civil

Ponente: Olmedo Arrocha Osorio

Fecha: 11 de septiembre de 2020

Materia: Civil

Casación

Expediente: 253-19

VISTOS:

La Resolución de 12 de marzo de 2020 (fs. 1590-1596), dictada por esta S., ordenó al licenciado J.R.M.F., apoderado judicial de la demandante recurrente BERTRICE ATIE DE HARRICK, que corrigiera el recurso de casación formalizado contra la Resolución de 18 de julio de 2019 (fs. 1474-1500), proferida por el Primer Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial, en el Proceso Oral de Anulación y Reposición de Acciones, e Impugnación y Nulidad de Actas que la recurrente le sigue a CLARA GRATTAGLIANO o CLARA KATZ, DONA HARRICK o DONA EZKENAZI DE HARRICK, S.G., F.H. y MAX CARLO LEDERMAN.

A través del Informe Secretarial de 8 de julio de 2020 (f. 1631), la Secretaría de la S. Primera, de lo Civil, de la Corte Suprema de Justicia, comunica que la referida recurrente corrigió, en tiempo oportuno, el recurso de casación.

Al examinar dicho libelo (fs. 1602-1630), la S. advierte que la parte casacionista enmendó los defectos advertidos. Se aprecia que en el apartado de normas legales infringidas relacionado al concepto de "error de derecho en cuanto a la apreciación de la prueba", se explica, de manera coherente y detallada, la forma cómo fue infringida cada norma denunciada. A esto se suma, que se especificó las fojas exactas de la ubicación de la prueba denunciada como inobservada por el Ad quem, señalada en el segundo motivo del concepto de "error de...

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