Decreto Ejecutivo Nº 35 de 26 de febrero de 2007, "POR EL CUAL SE APRUEBA LA POLITICA NACIONAL DE CAMBIO CLIMATICO, SUS PRINCIPIOS, OBJETIVOS Y LINEAS DE ACCION"

REPÚBLICA DE PANAMÁ

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

DECRETO EJECUTIVO No.35

(de 26 de febrero de 2007)

"Por el cual se aprueba la Política Nacional de Cambio Climático, sus principios, objetivos y líneas de Acción"

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

En uso de sus facultades constitucionales y legales

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 3 de la Ley Nº 41 de 1998, "General de Ambiente de la República de Panamá", establece que corresponderá al Órgano Ejecutivo aprobar la Política Nacional del Ambiente, como parte de las políticas públicas para el desarrollo económico y social del país.

Que en la actualidad, el Cambio Climático es un fenómeno activo y una realidad incuestionable, evidente a través de una serie de fenómenos que contribuyen al aumento de la vulnerabilidad de los sistemas naturales, económicos y sociales.

Que la lucha contra el Cambio Climático se lleva a cabo principalmente dentro de dos grandes esferas de acción: la mitigación y la adaptación.

Que a nivel global existen regulaciones como las establecidas en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) y el Protocolo de Kioto, siendo estos los principales instrumentos que rigen la materia de cambio climático, de los cuales Panamá es un país signatario.

Que mediante Resolución AG-0583-2002, la República de Panamá ha constituido el "Programa Nacional de Cambio Climático" (PNCC), lo que ha facilitado la incursión en diversas líneas de acción, orientadas a dar cumplimiento a los compromisos adquiridos ante la CMNUCC sobre la mitigación, vulnerabilidad y adaptación al Cambio Climático.

Que el desafío consiste en consolidar los avances logrados por Panamá, especialmente a partir de las iniciativas impulsadas por ANAM y por el Programa Nacional de Cambio Climático, lo que requiere dictar una política específica sobre la materia, que integre los programas y acciones que se han venido desplegando, con las restantes políticas orientadas al desarrollo sostenible.

Que la Política Nacional de Cambio Climático constituirá el marco orientador de las actividades a desarrollar por el sector público, privado y la sociedad civil en general, de modo que las mismas consideren la gestión de cambio climático, para contribuir con la estabilización de los gases efecto invernadero, promover medidas de adaptación y asegurar el desarrollo sostenible.

DECRETA:

ARTÍCULO 1º

Este Decreto tiene como objetivo primordial la aprobación de los principios, objetivos, subprogramas y líneas acción de la Política Nacional de Cambio Climático cuyo texto es el siguiente:

Principios de la Política Nacional de Cambio Climático

La política de Cambio Climático se inspira para efectos de su implementación en los principios emanados de la CMNUCC, del Protocolo de Kioto y de la Ley N° 41 de 1998...

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