Resolución CNV Nº 392-08 de 23 de diciembre de 2008, 'POR LA CUAL SE EXPIDE, LICENCIA DE CASA DE VALORES A CASA REAL DE VALORES, S.A'.

REPÚBLICA DE PANAMÁ

COMISIÓN NACIONAL DE VALORES

RESOLUCIÓN CNV No.392-08

(De 23 de diciembre de 2008)

La Comisión Nacional de Valores

En uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo No. 8 del Decreto Ley No.1 de 8 de julio de 1999 faculta a la Comisión Nacional de Valores a expedir Licencias de Casas de Valores con arreglo a lo dispuesto en dicho Decreto Ley y sus reglamentos;

Que en el Título III, Capítulo I de la citada excerta legal se establece la obligación de toda persona que pretenda ejercer actividades propias de negocios de Casa de Valores a obtener la Licencia correspondiente mediante una solicitud formal que contenga la información y documentación que prescriba la Comisión para comprobar que cumpla con los requisitos necesarios para el otorgamiento de la Licencia solicitada;

Que mediante Acuerdo No.2-2004 de 30 de abril de 2004 la Comisión adoptó el procedimiento por el cual se desarrollan las disposiciones del Título III del Decreto Ley 1 de 1999, sobre Casas de Valores y Asesores de Inversión;

Que el 8 de septiembre de 2008, CASA REAL DE VALORES, S.A., sociedad anónima constituida bajo las leyes de la República de Panamá, inscrita a Ficha 619172, Documento 1358584 de la Sección Mercantil del Registro Público, mediante Apoderado Especial, presentó solicitud formal de Licencia de Casa de Valores con fundamento en las disposiciones legales aplicables del Decreto Ley No.1 de 8 de julio de 1999 y el Acuerdo No. 2-2004 de 30 de abril de 2004;

Que la referida solicitud, así como los documentos presentados fueron analizados por la Dirección Nacional de Mercados de Valores e Intermediarios, según Informes que reposan en el expediente de fecha 16 de septiembre y 11 de diciembre de 2008, remitiendo a la solicitante notas de observaciones de fecha 3 de octubre y 13 de noviembre 2008, las cuales fueron atendidas a satisfacción según consta en Notas del Apoderado presentadas en la Comisión el 16 de octubre y el 24 de noviembre de 2008;

Que igualmente, la solicitud fue revisada por la Dirección Nacional de Asesoría Legal, en lo relativo al Manual Conozca a su Cliente, según Informes que reposan en el expediente de fecha 29 de septiembre, 11 de noviembre y 3 de diciembre de 2008;

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