Resolución CNV Nº 158-08 de 11 de junio de 2008, 'POR LA CUAL SE REGISTRA LOS VALORES DE LA SOCIEDAD GRUPO MUNDIAL TENEDORA, S.A.'

REPUBLICA DE PANAMA

COMISION NACIONAL DE VALORES

RESOLUCION CNV No.158-08

De 11 de junio de 2008

La Comisión Nacional de Valores

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que la sociedad denominada Grupo Mundial Tenedora, S.A., constituida mediante Escritura Pública No.1,383 de 3 de marzo de 2005 de la Notaría Duodécima del Circuito de Panamá, se encuentra registrada a Ficha 478753, Documento 745360 desde el 9 de marzo de 2005, ha solicitado mediante apoderados especiales y en calidad de emisor el registro de valores para ser objeto de oferta pública.

Que de conformidad con lo dispuesto en el Numeral 2 del Artículo 8 del Decreto Ley No.1 de 8 de julio de 1999, corresponde a la Comisión Nacional de Valores resolver sobre las solicitudes de registro de ofertas públicas que se le presenten.

Que la información suministrada y los documentos aportados cumplen con los requisitos establecidos por el Decreto Ley No.1 de 8 de julio de 1999 y sus reglamentos, estimándose procedente resolver de conformidad.

Que vista la opinión de la Dirección Nacional de Registro de Valores e Informes de Emisores según informe de fecha 6 de junio de 2008 que reposa en el expediente.

Que vista la opinión de la Dirección Nacional de Asesoría Legal según informe de fecha 9 de junio de 2008 que reposa en el expediente.

RESUELVE:

Primero: REGISTRAR los siguientes valores de la sociedad Grupo Mundial Tenedora, S.A., para su oferta pública:

20,000,000 de Acciones Preferidas no Acumulativas con valor nominal de US$1.00 por acción, por un total de hasta US$20,000,000. Sin derecho a voz y voto, pero con derechos económicos. Serán emitidas en forma nominativa, registrada y en denominaciones de US$100.00 o sus múltiplos.

Fecha de Oferta: 16 de junio de 2008

Precio Inicial de Venta: US$1.00 por acción o valor a la par.

Las Acciones Preferidas no Acumulativas podrán ser redimidas, de forma parcial o total, en las fechas y condiciones que establezca el emisor para cada una de las Series. El mecanismo de redención se encuentra desarrollado en el Capítulo III, Sección A, numeral 8 del Prospecto Informativo.

Devengarán un dividendo anual no acumulativo sobre su valor nominal, de acuerdo con el siguiente esquema: para cada una de las Series, una vez declarados por la Junta Directiva, equivalente a una tasa fija o variable a opción del Emisor sobre el valor nominal de las Acciones Preferidas, tal como se describe en el Capítulo III, Sección A, numeral 3. El dividendo anual no...

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