Resolución Nº 023-JD de 13 de noviembre de 2007, POR LA CUAL SE ESTABLECE LAS NUEVAS TARIFAS DE ARRENDAMIENTO QUE SE COBRARÁN POR EL USO DE LAS INSTALACIONES DEL TEATRO ANITA VILLALAZ, DEPENDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA, PARA LA REALIZACIÓN DE EVENTOS"

REPÚBLICA DE PANAMÁ

INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA

RESOLUCIÓN N°023-07J.D. de 13 de noviembre de 2007

"POR LA CUAL SE ESTABLECEN LAS TARIFAS DE ARRENDAMIENTO POR EL USO DE LAS INSTALACIONES DEL TEATRO ANITA VILLALAZ"

LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA

En uso de sus facultades legales,

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 63 de 6 de junio de 1974, excerta legal mediante la cual se crea el INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA (INAC), establece en el artículo 3, las funciones de la Institución, entre las cuales se encuentran: promover y desarrollar las actividades destinadas a difundir y estimular la cultura en el territorio nacional;

Que el INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA (INAC) puede ejecutar esta promoción ya sea directamente o con la cooperación y participación de organizaciones o entidades interesadas en tales actividades;

Que corresponde a la Junta Directiva del INAC, tomar las medidas que se requieran para el fomento y la administración del patrimonio del INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA (INAC);

Que es también atribución de la JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA (INAC), establecer las tarifas que se cobrarán por el uso de las instalaciones pertenecientes al INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA (INAC);

Que el Director General del Instituto Nacional de Cultura, a fin de hacer más eficiente el uso de las instalaciones del Teatro Anita Villalaz, presenta a consideración de la Junta Directiva, la aprobación de las nuevas tarifas que se cobrarán por el uso de dicho teatro;

Por lo antes expuesto, la JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA (INAC);

RESUELVE:

PRIMERO: Establecer las nuevas tarifas de arrendamiento que se cobrarán por el uso de las instalaciones del Teatro Anita Villalaz, dependencia del Instituto Nacional de Cultura, para la realización de eventos, así:

CANON DE ARRENDAMIENTO POR FUNCIÓN (la cual tendrá una duración máxima de cuatro horas de duración):

Trescientos cincuenta Balboas con 00/100 (B/.350.00) más planilla del personal técnico y de apoyo del Teatro Anita Villalaz, que se requiera para el evento, cuando la actividad se realice fuera de horas laborables. Este monto deberá ser cancelado en el Departamento de Tesorería-INAC, a lo más tardar, cuarenta y ocho (48) horas antes de la fecha del evento. En caso de no cumplirse con lo antes mencionado, el administrador del Teatro, está facultado para no autorizar el ingreso del arrendatario al Teatro Anita Villalaz. Cada hora adicional del uso del teatro tendrá un...

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