Resolución Nº AG-0224-2007 de 24 de abril de 2007, "POR LA CUAL SE DESIGNA COMO ENTIDAD COMPETENTE A LA DIRECCION DE AREAS PROTEGIDAS Y VIDA SILVESTRE DE LA AUTORIDAD NACIONAL DEL AMBIENTE (ANAM), PARA LA ADMINISTRACION Y ENLACE CON LAS DEMAS INSTITUCIONES, ORGANIZACIONES, CORPORACIONES Y ENTIDADES QUE TIENEN INCIDENCIA SOBRE EL PARQUE NACIONAL DARIEN Y EL PARQUE NACIONAL CHAGRES Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES"

REPÙBLICA DE PANAMÀ

AUTORIDAD NACIONAL DEL AMBIENTE

RESOLUCIÒN AG- 0224-2007

"Por la cual se designa como entidad competente a la Dirección de Áreas Protegidas y Vida Silvestre de la Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM), para la administración y enlace con las demás instituciones, organizaciones, corporaciones y entidades que tienen incidencia sobre el Parque Nacional Darién y el Parque Nacional Chagres y se dictan otras disposiciones".

LA SUSCRITA ADMINISTRADORA DE LA AUTORIDAD NACIONAL DEL AMBIENTE, EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES Y

CONSIDERANDO

Que la Ley No. 41 de 1998, "General de Ambiente de la República de Panamá", crea en su artículo No. 66 el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP), regulado por la Autoridad Nacional del Ambiente y ordena que la administración de los recursos naturales se haga de la manera más eficiente posible y que garantice procesos de racionalidad y sostenibilidad.

Que gran parte de la gestión de manejo y conservación del Parque Nacional Chagres, se financia con un fondo de DIEZ MILLONES DE DOLARES (USD 10,000.000.00), mediante el mecanismo de canje de deuda por naturaleza, producto de negociaciones y acuerdos entre el gobierno de los Estados Unidos como acreedor y donante, el de la República de Panamá en calidad de deudor y la Organización No Gubernamental The Nature Conservancy (TNC), en calidad de donante.

Que gran parte de la gestión de manejo y conservación del Parque Nacional Darién, se financia desde el año 2004 hasta el año 2016, con un fondo de DIEZ MILLONES NOVECIENTOS TREINTA MIL TRESCIENTOS DOCE DÓLARES CON 63/100, (USD. 10,930.312.63), mediante desembolsos estipulados en el Acuerdo De Conservación de Bosques y el mecanismo de canje de deuda por naturaleza, producto de negociaciones y acuerdos entre el gobierno de los Estados Unidos como acreedor y donante, el de la República de Panamá en calidad de deudor y la Organización No Gubernamental The Nature Conservancy (TNC), en calidad de donante.

Que la administración y ejecución de dichos fondos, se desarrolla al amparo de una serie de instrumentos legales bajo la modalidad de leyes y acuerdos, entre ellos: la Ley para la Conservación de Bosques Tropicales de 1998 de Los Estados Unidos (Tropical Forest Conservation Act- TFCA), el Acuerdo entre los Gobiernos de Panamá y Estados Unidos...

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