Resolución Nº AG-0368-2006 de 24 de julio de 2006, CREAR EL COMITE NACIONAL DE GESTION FORESTAL (CONAGEFOR), COMO ORGANISMO DE CONSULTA Y COORDINACION PARA LA ORDENACION DE LOS LINEAMIENTOS Y OBJETIVOS QUE SE REQUIEREN DESARROLLAR PAA EL CRECIMIENTO ECONOMICO Y SOCIAL DEL SUBSECTOR FORESTAL A TRAVES DE LA GENERACION DE INSUMOS CON UN ALTO VALOR AGREGADO PARA SU INCORPORACION EN EL MERCADO INTERNACIONAL

REPÚBLICA DE PANAMÁ
AUTORIDAD NACIONAL DEL AMBIENTE
RESOLUCIÓN AG- 0368-2006
La suscrita Administradora General de la Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM), en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 120 de la Constitución Política de la República de Panamá, señala que el Estado reglamentará, fiscalizará y
aplicará las medidas necesarias para garantizar que la utilización y aprovechamiento de la fauna terrestre, fluvial y marina,
así como de los bosques, tierras y aguas, se lleven a cabo racionalmente, de manera que se evite su depredación y se
asegure su preservación, renovación y permanencia.
Que el artículo 296 de la Constitución Política de la República de Panamá, establece que la Ley reglamentará la caza, la
pesca y el aprovechamiento de los bosques, de modo que permita asegurar su renovación y la permanencia de sus
beneficios.
Que el numeral 2 del artículo 7 de la Ley No. 41 de 1 de julio de 1998, "General del Ambiente de la República de
Panamá", faculta a la Autoridad Nacional del Ambiente para dirigir, supervisar e implementar la ejecución de las
políticas, estrategias y programas ambientales del gobierno, conjuntamente con el Sistema Interinstitucional del Ambiente
y organismos privados.
Que el numeral 1 del artículo 3 de la Ley No. 1 de 3 de febrero de 1994, "Por la cual se establece la Legislación Forestal
de la República de Panamá, y se dictan otras disposiciones", complementaria a la Ley General de Ambiente, dispone
como objetivo fundamental del Estado las acciones orientadas a proteger, conservar e incrementar los recursos forestales
existentes en el territorio nacional.
Que al subsector forestal se le reconoce su gran potencial y por tanto representa una alternativa para generar crecimiento
económico y social, mediante la integración de instituciones gubernamentales, gremios privados y organizaciones de
cooperación internacional.
Por lo antes expuesto y en vista de la necesidad de crear un foro donde participen todos los sectores involucrados con la
finalidad de trabajar de una manera ordenada y coherente para fomentar el crecimiento y la inserción del subsector
forestal en el mercado internacional.
RESUELVE:
PRIMERO: Crear el Comité Nacional de Gestión Forestal (CONAGEFOR), como organismo de consulta y coordinación
para la ordenación de los lineamientos y objetivos que se requieren desarrollar para el crecimiento económico y social del
subsector forestal a través de la generación de insumos con un alto valor agregado para su incorporación en el mercado
internacional.
SEGUNDO: El Comité Nacional de Gestión Forestal (CONAGEFOR), estará integrado por los representantes de las
instituciones gubernamentales, gremios privados y organizaciones de cooperación internacional que se detallan a
continuación:
1. El (la) Administrador(a) General de la Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM) o quién éste (a) designe.
2. El (la) Viceministro (a) de Industrias y Comercio o quién éste (a) designe.
3. El (la) Ministro (a) de Economía y Finanzas (MEF) o quién éste (a) designe.
4. Un representante de la Asociación Nacional de Reforestadores de Panamá (ANARAP).
5. Un representante de la Cámara Forestal de Panamá.
6. Un representante de la Asociación Panameña de Exportadores (APEX).
7. Un representante de la Agencia de Cooperación de los Estados Unidos de América para el Desarrollo Internacional
(USAID).
8. Un representante de la firmas de Consultores que desarrollan proyectos en el sector forestal.
Parágrafo: Durante la vigencia del Programa Compite Panamá, que desarrolla el Gobierno Nacional en conjunto con el
Banco Interamericano de Desarrollo, el Comité Nacional de Gestión Forestal (CONAGEFOR) contará con un
representante de Compite Panamá entre sus miembros.
TERCERO: Los miembros del Comité Nacional de Gestión Forestal (CONAGEFOR), a que se refieren los puntos 5, 6, 7
y 8 del artículo anterior, serán designados por sus respectivos gremios y organizaciones, por un período de tres años. Cada
uno de los miembros tendrá un suplente, designado de la misma forma y por igual período que su principal, quien lo
reemplazará en sus ausencias.
1No 25642 Gaceta Oficial Digital, viernes 29 de septiembre de 2006

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR