Decreto Ejecutivo Nº 110 de 4 de agosto de 2009, 'POR EL CUAL SE CREA LA DIRECCIÓN DE INVERSIONES, CONCESIONES Y RIESGOS DEL ESTADO ADSCRITA AL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS, Y SE ADOPTAN MEDIDAS DE EFICIENCIA ADMINISTRATIVA'.

REPÚBLICA DE PANAMÁ

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

DECRETO EJECUTIVO No. 110

(de 4 de agosto de 2009)

Por el cual se crea la Dirección de Inversiones, Concesiones y Riesgos del Estado adscrita al Ministerio de Economía y Finanzas, y se adoptan medidas de eficiencia administrativa.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

En uso de sus facultades constitucionales y legales,

CONSIDERANDO:

Que en virtud de la Ley No. 97 de 21 de diciembre de 1998 se creó el Ministerio de Economía y Finanzas como resultado de la fusión de los Ministerios de Hacienda y Tesoro y de Planificación y Política Económica.

Que los artículos 3 y 4 de la Ley supra citada establecen que, para el mejor cumplimiento de las funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, el Órgano Ejecutivo podrá crear las direcciones o unidades administrativas necesarias para tal fin, y que la dirección del Ministerio de Economía y Finanzas estará a cargo del Ministro de Economía y Finanzas, quien es el jefe superior del ramo y el responsable ante el Presidente de la República por el cumplimiento de sus atribuciones.

Que mediante Decreto Ejecutivo No. 189 de 5 de octubre de 2007 se adopta una nueva estructura organizativa para el Ministerio de Economía y Finanzas, a fin de imprimirle una dinámica orientada a la simplificación y agilización de los procesos sustantivos del mismo.

Que de conformidad con el artículo cuarto del mencionado Decreto Ejecutivo, corresponde al Ministerio de Economía y Finanzas reglamentar el funcionamiento de sus diferentes unidades administrativas.

Que de conformidad con las tendencias de modernización del Estado, y en razón de cumplir con el principio de eficiencia de la Administración Pública, se deben revisar constantemente las actuaciones de sus estructuras organizativas, para brindar el adecuado servicio estatal.

Que por los cuantiosos montos que manejan las empresas mixtas, es imperante que exista una meticulosa fiscalización, evaluación y asesoramiento sobre los ingresos que estas empresas deben generar en beneficio del Estado.

DECRETA:

ARTÍCULO 1

Crear, dentro de la estructura organizativa del Ministerio de Economía y Finanzas, la Dirección de Inversiones, Concesiones y Riesgos del Estado, bajo la competencia del Viceministerio de Finanzas.

ARTÍCULO 2

Son funciones de la Dirección de Inversiones, Concesiones y Riesgos del Estado:

1) Evaluar el funcionamiento y rendimiento de las empresas mixtas para asegurar el mejor beneficio para el...

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