Resolución Nº 379A-08 de 11 de diciembre de 2008, 'POR MEDIO DE LA CUAL SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE CONCURSO DE JEFATURA DE DEPARTAMENTO Y SERVICIO MÉDICO, ENTRE OTROS'.

República de Panamá, Provincia de Chiriquí

Patronato del Hospital Materno Infantil José Domingo De Obaldía

Resolución No. 379A-08

(Por medio de la cual se aprueba el Reglamento de Concurso de Jefatura de Departamento y Servicio Médico, entre otros)

EL PATRONATO DEL HOSPITAL MATERNO INFANTIL JOSE DOMINGO DE OBALDÍA, EN PLENO USO DE SUS FACULTADES LEGALES:

Considerando

Que el Patronato del Hospital Materno Infantil José Domingo De Obaldía es una entidad autónoma de interés público y social, sin fines de lucro, según la Ley 12 de 2001m cuya función es brindar servicios de salud a la población materno infantil, en términos de eficiencia, calidad y eficacia, así como un hospital docente.

Que entre las atribuciones con las que cuenta el Patronato, dentro del artículo 17 de la Ley referida, se encuentra, el elaborar y aplicar normas de concursos de mérito para la selección y nombramiento de puestos directivos y demás personal del hospital, conforme al análisis y descripción de los cargos.

Que en reunión extraordinaria del Patronato del Hospital Materno Infantil José Domingo De Obaldía, celebrada el 11 de diciembre de 2008, se aprobó el Reglamento de Concurso de Jefatura de Departamento y Servicio Médico del Hospital, el cual se anexa el presente documento.

Resuelve

Primero: Aprobar el Reglamento de Concurso de Jefatura de Departamento y Servicio Médico, que se anexa al presente documento.

Segundo: Ordenar su envío a la Gaceta Oficial, a fin que sea debidamente publicado, según el artículo 46 de la Ley 38 de 2000.

Notifíquese y Cúmplase.

Fundamento de Derecho: Artículo 1, 17 numeral 16 de la Ley 12 de 12 de enero de 2001.

Ing. Raúl E. Requena

Presidente - Patronato

Lcdo. Heriberto Espinosa

Secretario a.i.- Patronato

Dado a los Once (11) días del mes de Diciembre de 2008.

PATRONATO DEL HOSPITAL MATERNO INFANTIL JOSE DOMINGO DE OBALDÍA

REGLAMENTO DE CONCURSO DE JEFATURA DE DEPARTAMENTO Y SERVICIO MÉDICO

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 40
Artículo 1

Los Jefes de Departamento y Servicio Médico del Hospital Materno Infantil José Domingo De Obaldía son los responsables de la ejecución de las directrices de gestión y de los programas de atención, docencia e investigación de su respectivo Departamento o Servicio.

Artículo 2

Se establecen en este Reglamento, los criterios de concurso para las posiciones de Jefatura de Departamento y Servicio Médico del Hospital Materno Infantil José Domingo De Obaldía.

Corresponde a la Dirección Médica General del Hospital Materno Infantil José Domingo De Obaldía, en coordinación con la Oficina de Recursos Humanos, llevar a cabo la convocatoria del concurso.

Artículo 3

Se convocará el concurso en caso de que se produzca una vacante en cualquiera de las posiciones de Jefatura de Departamento y Servicio Médico, ya sea por renuncia, incapacidad física, muerte, pensión de vejez, finalización del período para el cual concursó o cualquier otra causa justificada, o cuando realizado un concurso de acuerdo a las disposiciones de este Reglamento, ninguno de los concursantes alcance el puntaje mínimo requerido.

La convocatoria del concurso se realizará en un plazo de sesenta (60) días a ciento ochenta (180) días calendarios máximo, a partir de la fecha en que se produce la razón que la motiva. Excepto la causal de finalización del período del concurso, ya que para su ocupación debe preverse la coordinación necesaria, a fin que desde el momento que ocurra la vacante por la razón expuesta, la misma sea inmediatamente ocupada por la persona que haya ganado el concurso realizado para tal fin.

Artículo 4

Las Jefaturas a que se refiere este Reglamento se adjudicarán mediante concurso, con base a la metodología y procedimiento establecido en este Reglamento, por el término de Cinco (5) años, a partir de la toma de posesión.

En caso que se produzca la vacante de la posición ganada por concurso antes del vencimiento del término de la Jefatura y siempre que dicha ausencia no fuese superior a Un (1) año, la Dirección Médica General del Hospital Materno Infantil José Domingo De Obaldía podrá asignar interinamente a la persona que considere capaz para ejercer el cargo, siempre y cuando la misma cumpla con los requisitos para ocuparlo, a fin que culmine el período restante y pueda proceder a convocar a concurso. Asignación interina que debe estar en concordancia con el término descrito en el artículo anterior.

Luego de declarado desierto de manera continua dos (2) concursos, la Dirección Médica General del hospital podrá asignar por el término de dos (2) años a la persona que considere capaz para ocupar el cargo, siempre que la misma reúna los requisitos para ejercerlo.

Para los fines de este Reglamento se entiende por desierto un concurso cuando no existan aspirantes dentro del mismo; o cuando existiendo, éstos no hayan obtenido el puntaje mínimo para ocuparlo.

Artículo 5

Para la selección del ganador del concurso en consideración, se tomará en cuenta la mejor preparación académica en el área del concurso, años de servicios anteriores en la misma posición o similar al servicio del Estado. Además méritos profesionales e idoneidad física y moral de los aspirantes.

Artículo 6

La convocatoria del concurso deberá ser publicada en dos (2) diarios de circulación nacional por tres (3) días consecutivos. Dicho aviso tendrá un tamaño no menor de dos (2) pulgadas de ancho y cuatro (4) pulgadas de largo.

Artículo 7

El aviso de convocatoria del concurso deberá contener la siguiente información:

7.1 número del concurso;

7.2 denominación del cargo;

7.3 lugar de trabajo o destino administrativo;

7.4 vigencia;

7.5 sobresueldo por jefatura;

7.6 perfil del cargo;

7.7 lugar, fecha y hora para el retiro de los requisitos;

7.8 lugar, fecha y hora para el retiro de los formularios de inscripción;

7.9 lugar, fecha y hora de recepción de inscripciones y demás documentos.

CAPITULO II Artículos 8 a 12

DE LOS REQUISITOS PARA INGRESAR COMO ASPIRANTE

Artículo 8

Para concursar por la Jefatura de un Departamento/Servicio Médico del Hospital Materno Infantil José Domingo De Obaldía, se deben reunir los siguientes requisitos mínimos indispensables:

8.A- Requisitos Mínimos Indispensables:

8.a.1 ser panameño, lo cual se comprobará con copia de la cédula de identidad personal, certificado de nacimiento o carta de naturalización;

8.a.2 título de médico debidamente legalizado y autenticado;

8.a.3 título de la especialidad debidamente reconocido por el Consejo Técnico de Salud;

8.a.4 certificado de idoneidad de médico especialista, emitido por el Consejo Técnico de Salud, en la rama de la medicina correspondiente al Departamento/Servicio a cuya Jefatura aspira;

8.a.5 constancia de la Oficina de Recursos Humanos con visto bueno de la Dirección Médica correspondiente, en la cual se detalle el tiempo de trabajo, la especialidad, años (mínimo diez años) y la categoría del aspirante;

8.a.6 certificado de buena salud física y certificado de buena salud mental expedidos por el profesional idóneo en la materia;

8.a.7 declaración escrita de disponibilidad para ejercer el cargo sometido a concurso;

8.a..8 ser médico especialista que desempeña funciones dentro del Hospital Materno Infantil José Domingo De Obaldía, independientemente a que planilla pertenezca.

Además, existen requisitos complementarios, los cuales no son considerados indispensables para aspirar a la Jefatura sometida a concurso, los cuales son:

8.B- Requisitos Complementarios:

8.b.1 títulos, diplomas o certificados, debidamente legalizados y autenticados, que acrediten la realización de cursos y/o programas de perfeccionamiento en la especialidad o subespecialidad respectiva, en caso de tenerlos;

8.b.2 títulos, diplomas o certificados, debidamente legalizados y autenticados, que acreditan la culminación de cursos de postgrado, maestrías y/o doctorados, en áreas afines a la profesión médica;

8.b.3 participación como expositor en congresos, seminarios, mesas redondas y otras actividades científicas y académicas, las cuales deben ser sustentadas mediante los siguientes documentos:

8.b.3.1 carta de invitación del comité organizador o programa de la actividad;

8.b.3.2 reseña del tema o temas abordados;

8.b.3.3 certificación de cumplimiento de la actividad.

8.b.4 trabajos publicados en libros y/o revistas científicas, los cuales se sustentarán mediante la presentación de la fotocopia del trabajo, artículo o capítulo publicado, y la fotocopia de la portada del libro o del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR