Resolución Nº 62-2008 de 28 de marzo de 2008, "POR LA CUAL SE APRUEBA LA SERVIDUMBRE VIAL PARA LA CONEXIÓN DEL RAMAL LAJAS - MANUEL F. ZÁRATE CON LA TRONCAL DEL CORREDOR NORTE FASE II EN EL CORREGIMIENTO JOSÉ D. ESPINAR DEL DISTRITO DE SAN MIGUELITO".

REPÚBLICA DE PANAMÁ

MINISTERIO DE VIVIENDA

RESOLUCIÓN No. 62 -2008

(De 28 De marzo De 2008)

"Por la cual se aprueba la servidumbre vial para la conexión del Ramal Lajas - Manuel F. Zárate con la troncal del Corredor Norte Fase II en el Corregimiento José D. Espinar del Distrito de San Miguelito".

LA MINISTRA DE VIVIENDA

EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Obras Públicas solicitó formalmente, la aprobación de la servidumbre vial para la conexión del Ramal Lajas - Manuel F. Zárate con la Troncal del Corredor Norte Fase II, ubicado en las inmediaciones del Club de Golf en el Corregimiento José D. Espinar del Distrito de San Miguelito;

Que es competencia del Ministerio de Vivienda, de conformidad con el literal "q" del Artículo 2 de la Ley No.9 de 25 de Enero de 1973, levantar, regular y dirigir los planos reguladores, lotificaciones, zonificaciones, urbanizaciones, mapas oficiales, líneas de construcción y todos los demás asuntos que requiera la planificación de las ciudades, con la cooperación de los Municipios y otras Entidades Públicas;

Que el Proyecto Corredor Norte Fase II contempla la conexión de la troncal con la vía Domingo Díaz a través de varios ramales, entre ellos el Ramal Lajas - Manuel F. Zárate;

Que se requiere la aprobación de la servidumbre del Ramal Lajas - Manuel F. Zárate cuyos componentes son el intercambio Lajas y el Ramal Zarate que se extiende desde la entrada a la Urbanización Brisas del Golf, hasta la Estación 19K + 460 de la troncal del Corredor Norte Fase II con una extensión de 1.2 kms;

Que la implementación de ramales o vías transversales entre los corredores existentes y las principales vías longitudinales de la ciudad contribuye a disminuir los congestionamientos y mejorar la circulación vehicular en la ciudad;

Que en el Informe Técnico No.8-2008 de 12 de Marzo de 2008 se concluye que es necesaria la aprobación de la servidumbre vial solicitada para la conexión del Ramal Lajas - Manuel F. Zárate con la troncal del Corredor Norte Fase II;

Que con fundamento en lo antes expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO

Aprobar para la troncal del intercambio Lajas y para el Ramal Lajas - Manuel F. Zárate servidumbre de 50.00 mts de ancho indicado en los planos del proyecto.

ARTÍCULO SEGUNDO

Establecer para construcción, mantenimiento, conservación y otras actividades relacionadas con el funcionamiento del...

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