Resuelto Nº 618 de 22 de marzo de 2006, CONFERIR A LA SEÑORA MARIA DALYS DE GRACIA ORTEGA, CON CEDULA No. 8-752-514, LICENCIA DE TRADUCTOR PUBLICO AUTORIZADO DE LOS IDIOMAS ESPAÑOL AL INGLES Y VICEVERSA

REPÚBLICA DE PANAMÁ MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Resuelto N° 618 Panamá, 22 de marzo de 2006

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN

en uso de sus facultades legales,

CONSIDERANDO:

Que el licenciado OLIVER MUÑOZ ESQUIVEL, varón, panameño, mayor de edad, abogado en ejercicio, con cédula de identidad personal 8-705-2175, con domicilio en Avenida Balboa, Edificio Balboa Plaza, piso 3, oficina 312, Ciudad de Panamá, lugar donde recibe notificaciones personales y judiciales, en ejercicio del Poder Especial conferido por la Señora MARÍA DALYS DE GRACIA ORTEGA, mujer, panameña, mayor de edad, casada, portadora de la cédula de identidad personal 8-752-514, solicita al Ministerio de Educación, se le confiera la Licencia de TRADUCTOR PÚBLICO AUTORIZADO de los idiomas ESPAÑOL AL INGLÉS Y VICEVERSA.

Que a efecto de sustentar la presente solicitud, se acompañan los siguientes documentos:

Poder y Solicitud mediante abogado en calidad de Apoderado Especial.

Certificado de Nacimiento donde consta que la peticionaria es de nacionalidad Panameña.

Certificaciones suscritas por los Profesores, Examinadores, Licenciados JAIME E. BRID A. y REINA DEL CARMEN CASTILLO de BETTENDORF, por medio de los cuales se acredita la aprobación satisfactoria de los exámenes realizados por la peticionaria para obtener la Licencia de TRADUCTOR PÚBLICO del idioma INGLÉS.

Copia de la Cédula debidamente autenticada.

Copia del diploma de Bachiller en Comercio Bilingüe con énfasis en Contabilidad e Informática, copia del certificado de la Señora MARÍA DALYS DE GRACIA ORTEGA, que asistió

al Sexto Nivel de un programa intensivo del idioma inglés con Excelentes Resultados, completando 140 horas de clases instructivas.

Hoja de Vida.

Que del examen de la documentación aportada ha quedado establecido que la peticionaria cumple los requisitos exigidos por los Artículos 2140, 2141 y 2142 del Código Administrativo, reformados por la Ley 59 de 31 de julio de 1998;

RESUELVE:

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