Resuelto Nº 599 de 11 de enero de 2006, CONFERIR A LA SEÑORA MANUELITA NUÑEZ CASTILLERO, CON CEDULA No. 8-97-361, LICENCIA DE TRADUCTOR PUBLICO DE LOS IDIOMAS ESPAÑOL AL INGLES Y VICEVERSA, ESPAÑOL AL FRANCES Y VICEVERSA

REPÚBLICA DE PANAMÁ MINISTERIO DE EDUCACIÓN Resuelto N° 599 Panamá, 11 de enero de 2006

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN en uso de sus facultades legales,

CONSIDERANDO:

Que la licenciada ANA ISABEL CARRILLO, mujer, panameña, mayor de edad, abogada en ejercicio, portadora de la cédula de identidad personal P.E.-6-653, con oficinas ubicadas en Calle Elvira Méndez, Edificio Vallarino, piso 9, Bella Vista, Ciudad de Panamá; lugar donde recibe notificaciones personales y judiciales, en ejercicio del Poder Especial conferido por la señora MANUELITA NÚÑEZ CASTILLERO, mujer, mayor de edad, panameña, portadora de la cédula de identidad personal 8-97-361, solicita al Ministerio de Educación, se le confiera la Licencia de TRADUCTOR PÚBLICO de los idiomas ESPAÑOL AL INGLÉS Y VICEVERSA, ESPAÑOL AL FRANCÉS Y VICEVERSA.

Que a efecto de sustentar la presente solicitud, se acompañan los siguientes documentos:

  1. Poder y Solicitud mediante abogada en calidad de Apoderado Especial.

  2. Certificado de Nacimiento donde consta que la peticionaria es de nacionalidad panameña.

  3. Certificaciones suscritas por los Profesores, Examinadores, Licenciados Marcial Castillero, Adrián Jiménez Julio,

    Carlos A. Espino y Francisco Herrero M.; por medio de los cuales se acredita la aprobación satisfactoria de los exámenes realizados por la peticionaria para obtener la Licencia de TRADUCTOR PÚBLICO de los idiomas INGLÉS y FRANCÉS.

  4. Copia de la Cédula debidamente autenticada.

  5. Copias de los Certificados de Photo: Techniques Spéciales, Photographie I Théorie, Photographie I Laboratoire, obtenidos en Cours Industriels Du Soir Générales Et Scientifiques, copia de los créditos de la Universidad Willamette, Salem, Oregon; Estados Unidos de América (Beca del Instituto Internacional de Educación.

  6. Hoja de Vida.

    Que del examen de la documentación aportada ha quedado establecido que la peticionaria cumple los requisitos exigidos por los Artículos 2140, 2141 y 2142 del Código Administrativo, reformados por la Ley 59 de 31 de julio de 1998;

    RESUE...

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