Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 23 de Marzo de 2022

PonenteOtilda Vergara Cano de Valderrama
Fecha de Resolución23 de Marzo de 2022
EmisorSegunda de lo Penal

Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá

Sala: Segunda de lo Penal

Ponente: O.V.C. de Valderrama

Fecha: 23 de marzo de 2022

Materia: Penal - Negocios de segunda instancia

Conflicto de competencia

Expediente: 2017-0006-7037CC

VISTOS:

Conoce la Sala Segunda Penal de la Corte Suprema de Justicia, del Conflicto de Competencia, elevado por el Licenciado C.M.A.A., Juez de Garantías de la Provincia de Coclé, en el proceso penal seguido a J.A.T.R., por la presunta comisión del delito Contra la Fe Pública, en la modalidad de Falsificación de Documentos en General.

ANTECEDENTES

El 29 de abril de 2021, la Licenciada Ariacni Mora Juez de Garantías de Coclé, no admitió la imputación formalizada por el Fiscal, al considerar que los hechos narrados por éste se dieron en Panamá. Por lo anterior con base a lo que establece las normas procedimentales, se inhibió de conocer la causa y ordenó al Ministerio Público remitir por competencia al Primer Distrito Judicial.

En audiencia de 13 de diciembre de 2021, la Licenciada I.S., Juez de Garantías de Coclé, en acto de audiencia de afectación de derechos, ordenó remitir la causa a la Corte Suprema de Justicia, para resolver el conflicto de competencia, después de haber escuchado la posición de las partes.

El 21 de diciembre de 2021, en la Oficina Judicial de Coclé, se recibió el Oficio Nº8182 por el cual el Fiscal de la causa, el Licenciado A.C., coordinador de la Sección de Investigación y Seguimientos de Causas de la Provincia de Coclé, por el cual adjuntó copias simples del Auto Inhibitorio Nº34 de 27 de diciembre de 2016 y Auto Vario (Auto de Corrección) Nº54 de 10 de marzo de 2017, del Juzgado Quinto de Circuito Penal del Primer Circuito Judicial de Panamá, mediante el cual se inhibe del conocimiento de las sumarias en averiguación, por la presunta comisión de un delito contra el Patrimonio Económico en la modalidad de Estafa, en perjuicio de I.T., y en consecuencia, las remiten al Juzgado Liquidador de la Provincia de Coclé.

OPINIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO

Mediante Vista SPA Nº 27 de enero de 2022, el Licenciado J.E.C.S., P. General de la Nación, Encargado, en adelante el Procurador, señaló que considera la competencia debe ser fijada al Juez de Garantías de la Provincia de Coclé.

Lo anterior, con base en que la causa fue remitida por el Juez de Garantías de la Provincia de Coclé, por el delito de Falsificación de Documentos en General, el cual adquiere su perfeccionamiento/consumación, a partir del momento en que pueda causar un perjuicio...

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