Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 25 de Enero de 1999

PonenteJOSE A. TROYANO
Fecha de Resolución25 de Enero de 1999
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

Ha ingresado a conocimiento de esta

Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, el conflicto de competencia

suscitado entre el Juzgado Primero del Primer Circuito Judicial de Panamá, Ramo

Civil y el Juzgado Primero del Circuito de H., respecto al proceso ordinario

interpuesto por CORPORACION FINANCIERA NACIONAL (COFINA) contra las sociedades

TIERRAS E INVERSIONES, S.A., ARCITEC, S.A. y ARCILLAS DE CHITRE, S. A.

El negocio fue remitido a esta

corporación de justicia, mediante Auto Nº 310 de 13 de abril de 1998, proferido

por el Juzgado Primero del Circuito de H..

Se trata de un proceso ordinario que

se inició en el año de 1992, con la presentación de la demanda ante el Juzgado

Primero del Primer Circuito Judicial de Panamá, Ramo Civil. Dicho juzgado dictó

sentencia el 12 de noviembre de 1993, accediendo a las declaraciones

solicitadas por la parte demandante.

En vista de que las sociedades

demandadas fueron representadas por un defensor de ausente, puesto que habían

sido emplazadas por edicto, el proceso fue elevado en grado de consulta ante el

Primer Tribunal Superior de Justicia quien, en consecuencia, dictó resolución

fechada 24 de enero de 1995, en la que reformó parte de la sentencia del

inferior y la confirmó en lo demás.

Posteriormente, dos de las empresas

demandadas, ARCITEC, S.A. y ARCILLAS DE CHITRE, S.A., promovieron ante esta

Sala Civil recurso de revisión contra la sentencia dictada por el Juzgado

Primero del Primer Circuito Judicial de Panamá, Ramo Civil, el 12 de noviembre

de 1993, aduciendo que no habían sido legalmente notificadas ni emplazadas

dentro del presente proceso ordinario.

En sentencia fechada 17 de abril de

1997, esta corporación de justicia declaró fundado el recurso de revisión y, en

consecuencia, invalidó la sentencia dictada por el Juzgado Primero del Primer

Circuito Judicial de Panamá, Ramo Civil y anuló las actuaciones efectuadas

dentro del presente proceso ordinario declarativo, "a partir de la

resolución calendada 19 de enero de 1993, legible a fojas 9" (F. 225).

Después del reingreso del proceso

ordinario al Juzgado Primero del Primer Circuito Judicial de Panamá, Ramo

Civil, el señor B.J.S.M., representante legal de las

sociedades ARCITEC, S.A. y ARCILLAS DE CHITRE, S.A. otorgó poder al

Licenciado V.M.G.V. quien, en nombre de las mismas presentó

escrito de contestación de la demanda el 27 de mayo de 1997, consultable a

fojas 243 a 248.

El 14 de agosto de 1997, esta Sala

Civil dictó resolución corrigiendo la sentencia que decidió el recurso de

revisión, fechada 17 de abril de 1997, en el sentido de que "SE ANULAN las

actuaciones efectuadas dentro del proceso ordinario declarativo propuesto por

CORPORACION FINANCIERA NACIONAL (COFINA) contra TIERRAS E INVERSIONES, S.A.,

ARCITEC, S.A. y ARCILLAS DE CHITRE, S.A. desde fojas 87, incluyendo la

resolución de 12 de noviembre de 1992;" (f. 283), en la que se había

admitido la demanda y ordenado su traslado a las demandadas.

Como consecuencia de esta última

resolución de la Corte, el Juzgado Primero dictó...

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