Resolución Nº 428 de 27 de agosto de 2007, "QUE NOMBRA A LOS MIEMBROS QUE CONFORMARAN EL PRIMER CONSEJO INTERINSTITUCIONAL DE CERTIFICACION BASICA DE FARMACIA."

REPÚBLICA DE PANAMÁ

MINISTERIO DE SALUD

RESOLUCIÓN No. 428

(De 27 de agosto de 2007)

Que nombra a los miembros que conformarán el primer Consejo Interinstitucional de Certificación Básica de Farmacia

CONSIDERANDO:

Que la Ley 43 de 21 de julio de 2004, Del Régimen de Certificación y Recertificación de los Profesionales, Especialistas y Técnicos de las Disciplinas de la salud, establece que cada Consejo Interinstitucional de Certificación Básica de las profesiones y carreras técnicas de las ciencias de la salud, estará conformado por un mínimo de siete (7) miembros.

Que el Decreto Ejecutivo 373 de 16 de noviembre de 2006, que reglamenta la precitada Ley, establece que los miembros del Consejo se escogerán de forma escalonada, en el primer período, por cinco (5) y seis (6) años, respectivamente. Aunado a ello, ningún miembro en funciones del Consejo podrá ser reelegido para el período inmediatamente posterior al cual fue electo.

Que, de igual forma, el precitado Decreto establece que los primeros miembros de los Consejos Interinstitucionales de Certificación Básica, serán escogidos por el Ministro de Salud.

Que, en base a lo antes expuesto, el Ministro de Salud, en uso de sus facultades legales,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO

Nombrar, de manera ad-honorem, a los miembros que conformarán el Primer Consejo Interinstitucional de Certificación Básica de Farmacia, a saber:

Por el Ministerio de Salud:

  1. José Valerín, con cédula No. 4-179-547

    Por la Caja de Seguro Social:

  2. Rosa Felipa Mayta, con cédula No. PE16-2016

    Por la Universidad de Panamá :

  3. Leida Barrios, con cédula No. 9-91-621

  4. Gonzalo Núnez, con cédula No. 4-89-967

  5. Icela Barberena, con cédula No. 4-101-2252

    Por las Universidades Privadas:

  6. Yovany Morales, con cédula No. 4-138-1419

    Por el Colegio Nacional de Farmacéuticos:

  7. Rosa B. de Tello, con cédula No. N-17-537

ARTÍCULO SEGUNDO

El nombramiento de los representantes de la Universidad de Panamá, del Ministerio de Salud y del Colegio Nacional de Farmacéuticos, en el primer Consejo Interinstitucional de Certificación Básica de Farmacia, es por un período de cinco (5) años.

ARTÍCULO...

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