Resolución de Gabinete Nº 214 de 9 de diciembre de 2008, 'QUE EMITE CONCEPTO FAVORABLE A LA ADENDA NO.1 DEL CONTRATO NO. DAL-069-2005, SUSCRITO POR LA COORDINADORA NACIONAL DE LA SALUD (CONSALUD) Y LA CAJA DE SEGURO SOCIAL, PARA LA FINANCIACIÓN DE LOS SERVICIOS MÉDICOS HOSPITALARIOS Y DE URGENCIA DE SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN DE LA POBLACIÓN ASEGURADA Y DEPENDIENTE DE LA REGIÓN DE SALUD DE SAN MIGUELITO, LAS CUMBRES Y CHILIBRE, BRINDADOS EN EL HOSPITAL SAN MIGUEL ARCÁNGEL, PARA LA VIGENCIA DE LOS AÑOS 2006, 2007 Y 2008'
RESOLUCIÓN DE GABINETE No.214
(de 9 de diciembre de 2008)
Que emite concepto favorable a la Adenda No.1 del Contrato No. DAL-069-2005, suscrito por la Coordinadora Nacional de la Salud (CONSALUD) y la Caja de Seguro Social, para la financiación de los servicios médicos hospitalarios y de urgencia de segundo nivel de atención de la población asegurada y dependiente de la Región de Salud de San Miguelito, Las Cumbres y Chilibre, brindados en el Hospital San Miguel Arcángel, para la vigencia de los años 2006, 2007 y 2008
EL CONSEJO DE GABINETE,
en uso de sus facultades constitucionales y legales,
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución No. 54 del 7 de junio de 2006, este organismo emitió concepto favorable al Contrato No. DAL-069-2005, suscrito entre la Coordinadora Nacional de la Salud (CONSALUD) y la Caja de Seguro Social, para la financiación de los servicios médicos hospitalarios y de urgencia de segundo nivel de atención de la población asegurada y dependiente de la Región de Salud de San Miguelito, Las Cumbres y Chilibre, brindados en el Hospital San Miguel Arcángel, por un monto total de diecinueve millones quinientos mil balboas (B/.19,500,000.00), a razón de seis millones quinientos mil balboas (B/.6,500,000.00) por año, para la financiación de este compromiso durante la vigencia de los años 2006, 2007 y 2008, contratación que fue debidamente refrendada por el Contralor General de la República;
Que, de conformidad con lo pactado, los servicios contratados a CONSALUD para los asegurados de la Caja de Seguro Social, deben estar ajustados a la tarifa y metodología de pago establecida en el Anexo VI del Contrato Programa No.004-2005, suscrito entre CONSALUD y el Patronato del Hospital San Miguel Arcángel;
Que, en el contrato fiduciario, existe una incongruencia entre la Tarifa Marginal en balboas, especificada para el Servicio de Urgencia (Urgencia con Observación, Urgencia Obstétrica y Urgencia Especializada), y la tarifa y metodología de pago establecida en el Anexo VI del Contrato - Programa No.004-2005, suscrito entre CONSALUD y el Patronato del Hospital San Miguel Arcángel;
Que con el propósito de enmendar la situación planteada, se ha confeccionado el proyecto de Adenda No.1, que fue...
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