Resolución CNV Nº 65-07 de 12 de marzo de 2007, "POR MEDIO DE LA CUAL SE APRUEBA EL REGISTRO DE LA MODIFICACION DE LOS TERMINOS Y CONDICIONES DESCRITOS EN EL CONSIDERANDO CUARTO DE LA PRESENTE RESOLUCION, DE LA EMISION DE BONOS EMITIDOS POR SOCIEDAD URBANIZADORA DEL CARIBE, S.A., HASTA POR UN MONTO DE DOCE MILLONES DE BALBOAS (B/.12,000,000.00)."

REPUBLICA DE PANAMA

COMISION NACIONAL DE VALORES

RESOLUCION CNV No.65-07

De 12 de marzo de 2007

La Comisión Nacional de Valores, en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que la sociedad denominada SOCIEDAD URBANIZADORA DEL CARIBE, S.A., constituida de acuerdo a las leyes de la República de Panamá, e inscrita a Ficha 22067, Rollo 1074, Imagen 436 de la Sección de Micropelícula (Mercantil) del Registro Público, se le autorizó el registro de bonos corporativos mediante Resolución CNV-270-06 de 20 de noviembre de 2006, por un valor nominal total de U.S$ 12,000,000.00.

Que el día 26 de enero de 2007, la SOCIEDAD URBANIZADORA DEL CARIBE, S.A., solicitó a través de sus apoderados legales debidamente constituidos para tales efectos, la firma Morgan & Morgan, el registro ante la Comisión Nacional de Valores, modificación a los términos y condiciones de la emisión.

Que a la fecha no existen tenedores de bonos, ya que la oferta no fue vendida.

Que la solicitud consiste en modificar los términos y condiciones de la tasa de interés y la redención anticipada, detallado en el cuadro siguiente:

Antes de la modificación (Resolución CNV No. 270-06 de 20 de noviembre de 2006)

Después de la modificación

Tasa de Interés

Los bonos devengarán una tasa variable de interés anual, equivalente a la tasa Libor para periodos de 3 meses, más un margen de dos punto setenta y cinco por ciento (2.75%) anual. La tasa nominal de los Bonos será calculada trimestralmente con base a la tasa que bancos de primera línea se requieran entre sí para depósitos en Dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, a tres (3) meses plazo en el mercado interbancario de Londres (London Interbank Market) dos (2) días hábiles antes de cada período de interés por empezar, según lo indique el sistema de información financiera Reuters bajo el código "LIBOR3M" y/o en Bloomberg bajo el código BBAM1, sin perjuicio de poder usar otras fuentes en el caso que aquellos no se encuentren disponibles. La tasa de interés de los Bonos se revisará trimestralmente, hasta la fecha de vencimiento o la fecha de Redención Anticipada de los Bonos.

La tasa de interés por cada una de las series podrá ser fija o variable a opción del Emisor. En el caso de ser tasa fija, los Bonos devengarán una tasa de interés que será determinada por el Emisor según la demanda del mercado. En el caso de ser tasa variable, los Bonos devengarán una tasa de interés equivalente a Libor tres...

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