Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 10 de Junio de 2010

PonenteAníbal Salas Céspedes
Fecha de Resolución10 de Junio de 2010
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

ANTECEDENTES

El sumario tiene su génesis en la denuncia criminal presentada por el señor W.T.W. De León contra el señor D.F., agente de la Policía Nacional, el Licenciado R.M., ex Fiscal de Drogas, la Licenciada N.P., funcionaria de la Fiscalía de Drogas y el Comisionado A.E., ex-director de la Dirección de Información Policial, por los presuntos delitos de falsedad, alteración de pruebas y simulación de un delito y contra la Licenciada Z.C., Juez Décima de Circuito del Ramo Penal del Primer Circuito Judicial de Panamá, por permitir el falso testimonio de D.F. en el acto de audiencia realizado el día 11 de noviembre de 2005 así como los delitos de Denegación de Justicia y Encubrimiento de un delito.

En lo medular de su denuncia, el señor W.T.W. arguye una mala tramitación de su expediente penal, desde la fase de investigación, enjuiciamiento y finalmente en la condena por delito de Blanqueo de Capitales, la cual fue anulada por el Segundo Tribunal Superior y retroactiva hasta el auto de enjuiciamiento y que finalmente concluyó en un sobreseimiento provisional en su favor.

Señala que las anomalías se dieron desde el inicio de la investigación, se recibieron evidencias viciadas, que el señor D.F., en el acto de audiencia falseó sus descargos , que no concordaban con las anteriores declaraciones juradas en el expediente; también aduce que la Licenciada N.P., asistente de la Fiscalía, tenía conocimiento que las evidencias estaban viciadas y continuó con el proceso a pesar de ello; que el F.R.M. también tenía conocimiento de estas actuaciones irregulares y no hizo nada al respecto; que el Comisionado Escobar fue el que ordenó al capitán F. que manejara en forma incorrecta y al margen de los procedimientos las evidencias del proceso; finalmente señala que la J.Z.C. fue testigo de cómo el señor F. falseaba la verdad y se contradecía en sus dichos ante el Tribunal en la audiencia y aún así no compulsa copias para que se investigue al capitán F., por lo que incurrió en la omisión de un delito y a la vez fue encubridora, además incurrió en denegación de justicia, toda vez que a pesar de la nulidad decretada, no le otorgó la libertad.

Mediante providencia de 23 de mayo de 2006 la Fiscalía Tercera Anticorrupción aprehende el conocimiento de la presente sumaria, declara abierta la investigación y dispone la actividad procesal necesaria para comprobar los hechos que se denuncian. ( f.88) .

Previa verificación de los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR