Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 8 de Mayo de 2006

PonenteEsmeralda Arosemena de Troitiño
Fecha de Resolución 8 de Mayo de 2006
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

En grado de consulta, conoce la Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia del Auto de 11 de octubre de 2005, proferido por el Tribunal Superior del Tercer Distrito Judicial, que SOBRESEE DEFINITIVAMENTE DE MANERA IMPERSONAL en las sumarias iniciadas por la denunciapenal en contra de la licenciada M.R.G., JuezSéptima del Circuito Judicial de Chiriquí, por la presunta comisión del delito de abusode autoridad e infracción de los deberes de servidores públicos, hechos querellados por el licenciado R.M. MORALES en representación de A.G..

ANTECEDENTES

El día 4 de agosto de 2005, el licenciado M.M., actuando en representación de A.G., presentó una querella criminal en contra de la licenciada M.R.G., Juez Séptima del Circuito Judicial de Chiriquí, en base a los siguientes hechos:

La S.A.G. tiene 13 años de vivir con su familia en un terreno donde tiene su casa, en Aserrío de Gariché, Provincia de Chiriquí; luego la Señora N.C., sin presentar la Certificación del Registro Público que la acredite como propietaria, promueve ante el Corregidor de Aserrío de Gariché, Señor Ernesto De Gracia, una demanda de lanzamiento, pretensión a la cual el funcionario accede.

La S.A.G. recurre contra aquella medida ante Minorfo Troescht, Alcalde del Distrito de Bugaba, quién supuestamente se negó a recibir el recurso de apelación, por lo que la afectada interpuso una Acción de Amparo de Garantías Constitucionales, recurso que la licenciada M.R.G., Juez Séptima del Circuito Judicial de Chiriquí, inadmitió bajo la premisa que contra la amparista, no se había dictado orden de hacer alguna. De esta manera, el 4 de agosto de 2005, el Corregidor Ernesto De Gracia, hace efectiva la orden de lanzamiento contra A.G., removiendo su cercado y su casa.

El querellante incluye en su denuncia a E. De Gracia, C. de Aserrío de G., Minorfo Troescht, Alcalde del Distrito de Bugaba y a la licenciada M.R.G., Juez Séptima del Circuito Judicial de Chiriquí, funcionarios que supuestamente actuaron en contra de A.G., a los que endilga por igual la presunta comisión del delito de abusode autoridad e infracción de los deberes de servidores públicos.

Dado que el artículo 2477 del Código Judicial así lo mandata y en relación a los cargos endilgados a la licenciada M.G., se surte el examen en vía de consulta.

EL AUTO CONSULTADO

Mediante Auto Penal calendado 11 de octubre de 2005, el Tribunal Superior del Tercer Distrito Judicial, dictó sobreseimiento definitivo...

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