Decreto Nº 120 de 9 de octubre de 2006, POR EL CUAL SE CREA LA COMISION CONSULTIVA PARA ESTABLECER CRITERIOS QUE PERMITAN EJECUTAR LOS ARTICULOS SOBRE INFORMACION Y TRANSPARENCIA QUE CONTIENE LA LEY 28 DE 2006

REPÚBLICA DE PANAMÁ

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

DECRETO N°120

(de 9 de octubre de 2006)

Por el cual se crea la Comisión Consultiva para establecer criterios que permitan ejecutar los artículos sobre información y transparencia que contiene la Ley 28 de 2006

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

en uso de sus facultades constitucionales,

C O N S I D E R A N D O:

Que la Ley 28 de 17 de julio de 2006 “Que aprueba la propuesta de construcción del tercer juego de esclusas en el Canal de Panamá, sometida por el Órgano Ejecutivo, y dicta otras disposiciones”, contiene artículos en materia de información y rendición de cuentas, que requieren ser desarrollados, sin apartarse de su texto ni de su espíritu.

Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4 de la citada Ley, la Autoridad del Canal de Panamá tendrá que rendir cuentas e informar, periódicamente al país sobre los procesos de contratación y ejecución de la construcción del tercer juego de esclusas, pero no indica la forma en que se realizará esa rendición de cuentas, ni aclara cuáles deben ser los contenidos de dichos informes periódicos a la nación.

Que de igual manera, el artículo 6 de la Ley 28 de 2006, si bien señala que se establecerá una comisión ad hoc compuesta por siete miembros que tienen la facultad de hacer recomendaciones y observaciones a los informes que reciban, sin embargo, no establece de qué manera dicha comisión llega a tales recomendaciones u observaciones.

Que si nuestro pueblo aprueba la ampliación del canal mediante la construcción del tercer juego de esclusas, es recomendable que la comisión ad hoc, a la que alude el artículo 6 de la Ley, entre a actuar inmediatamente, coincidiendo con el cronograma de ejecución del proyecto y de las licitaciones, por lo cual es conveniente proveer la reglamentación correspondiente.

Que es interés del Presidente de la República consultar la opinión de ciudadanos y ciudadanas que posean una conjunción de experticias y...

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