Resolución Nº 2 de 19 de junio de 2007, "POR LA CUAL SE ORDENA CUMPLIR CON LO ESTABLECIDO EN LA LEY 25 DE 28 DE DICIEMBRE DE 1982 QUE CONTEMPLA DOS AÑOS DE EJERCICIO PROFESIONAL EN INSTITUCIONES DE SALUD DEBIDAMENTE AUTORIZADAS PARA TALES EFECTOS".

RESOLUCIÓN N°2

19 de junio de 2007

El Comité Nacional de Enfermería en uso de sus facultades legales conferidas a través de la Ley No 1 del 6 de enero de 1954, la Ley No 24 del 28 de diciembre de 1982, la Ley No 25 del 28 de diciembre de 1982 y el Decreto Ejecutivo No 589 del 28 de diciembre de 2005.

Considerando que:

  1. En Reunión Extraordinaria No 11 del Comité Nacional de Enfermería, celebrada el 19 de junio de 2007 se revisan y analizan las leyes vigentes que regulan el ejercicio de la Profesión.

  2. En el Artículo 1 del Decreto Ejecutivo No 589 del 28 de diciembre de 2005 señala el Comité Nacional de Enfermería tiene como parte de sus funciones:

    Numeral 3: Recomendar normas, procedimientos, procesos técnicos y administrativos del ejercicio de la enfermería, así como su reglamentación, a fin de garantizar una atención segura y mínima de riesgos a la población.

    Numeral 20: Recomendar al Consejo Técnico de Salud, el registro de las enfermeras o enfermeros y de los Técnicos en Enfermería, que cumplan con los requisitos exigidos por la Ley y la Reglamentación de enfermería.

  3. La Ley No 25 del 28 de diciembre de 1982 en su Artículo 2, en el Capítulo II Etapas, señala que:

    ...En la Etapa I Nivel Básico de Enfermeras(os), los dos primeros años corresponden al período legal para registro...

    En el Capítulo IV Requisitos, Numeral 1 para las Enfermeras(os), Acápite A, Nivel Básico señala que:

    La Enfermera(o) sin registro debe estar autorizada por el Comité Nacional de Enfermeras(os). Cumplido el anterior requisito deberá estar autorizada y registrada por el Consejo Técnico de Salud para el libre ejercicio de la Profesión.

  4. Actualmente a nivel estatal existe un 8% de enfermeras(os) sin registro y a nivel privado un 15%, lo que representa el 23% de este profesional, que teniendo muchos años en el sistema laborando, no ha podido obtener su Registro de idoneidad para el libre ejercicio de la profesión.

    Resuelve:

  5. Cumplir con lo establecido en la Ley No 25...

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