Decreto de Gabinete Nº 28 de 12 de julio de 2006, QUE AUTORIZA LA IMPORTACIÓN DE UN CONTINGENTE POR DESABASTECIMIENTO DE MAÍZ COMO MATERIA PRIMA

DECRETO DE GABINETE N° 28 (De 12 de julio de 2006) Que autoriza la importación de un contingente por desabastecimiento de maíz como materia prima EL CONSEJO DE GABINETE, en uso de sus facultades constitucionales y legales,

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno Nacional es consciente de su obligación de fortalecer e incentivar la producción agropecuaria nacional, en términos de competitividad, eficiencia, sostenibilidad y equidad al sector agropecuario y agroindustrial, al igual que garantizar el abastecimiento nacional de alimentos para toda la población;

Que el maíz constituye el principal insumo para la elaboración de piensos para el consumo animal, algunos de los cuales forman parte esencial de la canasta básica de alimentos;

Que la producción nacional de maíz y sorgo para la elaboración de alimento animal del año agrícola 2005-2006, ha sido adquirida por las empresas consumidoras de piensos y no cubrirá las necesidades requeridas;

Que la insuficiencia de este insumo puede crear un problema a la seguridad alimentaria de la población, principalmente en las capas de bajos ingresos;

Que se ha cumplido con el artículo 2 de la Ley 26 de 2001, que modifica el artículo 25 de la Ley 28 de 1995, en lo que se refiere al contingente ordinario de maíz, así como con la consulta a los gremios representativos por intermedio de la Comisión Consultiva Nacional de Maíz y Sorgo,

D E C R E T A:

Artículo 1 Autorizar a la Comisión Ad-Hoc creada en el artículo 147 de la Ley 23 de 1997 (Comisión de Licencias de...

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