Convenio Nº S/N de 2 de abril de 2008, "CELEBRADO ENTRE EL INSTITUTO DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS NACIONALES Y EL MUNICIPIO DE BUGABA"

REPUBLICA DE PANAMA

INSTITUTO DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS NACIONALES

CONVENIO

CELEBRADO ENTRE EL

INSTITUTO DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS NACIONALES

Y EL

MUNICIPIO DE BUGABA

El INSTITUTO DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS NACIONALES (IDAAN), entidad autónoma del Estado creada mediante Ley 98 de 29 de diciembre de 1961, Orgánica del IDAAN, reorganizada y modernizada mediante Ley 77 de 28 de diciembre de 2001, debidamente representada por el ING. JUAN ANTONIO DUCRUET N., varón, panameño, mayor de edad, casado, con Cédula de Identidad Personal No. 8-257-48, en su condición de Director Ejecutivo y Representante Legal del mismo, autorizado para este acto por la Junta Directiva a través de la Resolución de Junta Directiva No. 13-2008 de 28 de febrero de 2008, por una parte, que en adelante se llamará el IDAAN; y, por la otra el MUNICIPIO DE BUGABA, Provincia de Chiriquí, representado en este acto por GUILLERMO JIMÉNEZ, varón, panameño, mayor de edad, casado, con cédula de identidad personal No. 4-98-672, en su condición de Alcalde del Municipio de Bugaba; quien en adelante se le denominará el MUNICIPIO, debidamente autorizado para este acto por el Consejo Municipal mediante Acuerdo Municipal No. 12, de 14 de febrero de 2008.

CONSIDERANDO QUE:

Según el numeral 14 del artículo 17 de la Ley No. 106 de 8 de octubre de 1973, el Consejo Municipal tiene como competencia exclusiva establecer y reglamentar el servicio de aseo urbano y domiciliario en ese Distrito; y procurar los medios para el aprovechamiento de los desechos y residuos.

Mediante Acuerdo Municipal No. 12, de 14 de febrero de 2008, se autorizó al Alcalde del Distrito de Bugaba a suscribir el presente Convenio.

El MUNICIPIO no cuenta con los mecanismos necesarios para lograr una eficiente recaudación de las tarifas de aseo determinadas.

Para hacer efectivo y real el cobro de las Tasas de Aseo determinadas, el MUNICIPIO requiere la colaboración y apoyo del IDAAN, ya que no cuenta con la logística e infraestructura necesaria para hacerle frente al cobro por los servicios brindados, hasta tanto organice y establezca su propio sistema de recaudación.

El MUNICIPIO ha solicitado al IDAAN, mediante Nota s/n de 4 de diciembre de 2007, que se suscriba un Convenio entre el IDAAN y el MUNICIPIO, para la recaudación de la Tasa de Aseo de dicho Distrito en la facturación del servicio de agua potable.

El IDAAN, por los motivos expuestos, acepta la solicitud realizada por el MUNICIPIO, de suscribir el...

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